Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental.- (2021061090)
Resolución de 13 de abril de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga la modificación no sustancial de la autorización ambiental integrada, presentada por Piensos Costa, SAU, de la Resolución concedida en fecha 12 de julio de 2007, por la que se otorgó autorización ambiental integrada y se formuló declaración de impacto ambiental a explotaciones porcinas Señorón, SL, para la instalación de explotación porcina.
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NÚMERO 75
Jueves, 22 de abril de 2021
20207
CONDICIONADO AMBIENTAL DE LA AUTORIZACIÓN AMBIENTAL INTEGRADA
- a - Tratamiento y gestión del estiércol
1. El tratamiento y gestión de los estiércoles que se generen en esta explotación se llevará
a cabo mediante la aplicación de los mismos como abono orgánico. Para el control de la
gestión de estos residuos agroganaderos, la instalación deberá disponer de un Libro de
Registro de Gestión y de un Plan de Aplicación Agrícola de los estiércoles, conforme a lo establecido en el apartado – h – “Vigilancia y seguimiento” de esta resolución, de forma que
todas las deyecciones generadas sean gestionadas adecuadamente, conforme al Plan de
Aplicación Agrícola elaborado, y dejando constancia de esta gestión en el Libro de Registro
de Gestión de Estiércoles.
2. La generación de estiércoles asociada al funcionamiento normal del centro se estima en
15.300 m3/año de estiércol porcino, que suponen unos 45.000 Kg. de nitrógeno / año. Todas las deyecciones generadas deberán gestionarse adecuadamente, conforme al Plan de
Aplicación Agrícola elaborado, y dejando constancia de esta gestión en el Libro de Registro
de Gestión de Estiércoles.
El complejo porcino deberá disponer de un sistema para la recogida y almacenamiento
de los purines y las aguas de limpieza, generados en las naves de secuestro, que evite el
riesgo de filtración y contaminación de las aguas superficiales y subterráneas, con tamaño
adecuado para la retención de la producción de al menos 3 meses, que permita llevar a
cabo la gestión adecuada de los mismos. A estos efectos, la explotación porcina dispondrá
de una capacidad total de retención mínima de estiércoles licuados, aguas de limpieza y
lixiviados del estercolero de 1.500 m3, para ello la explotación porcina dispondrá de dos
balsa de purines impermeabilizadas con lámina PEAD, con una capacidad total de almacenamiento de 1.500 m3, cada una, una balsa de homogenización, de 180 m3 (6x6 m2 y
5 metros de profundidad), en hormigón y con agitador (tras previo paso por equipo de
separación sólido-líquido).
3. El diseño y la construcción de las balsas de almacenamiento de purines deberá adaptarse
a las prescripciones que para este tipo de infraestructuras establece la Dirección General
de Sostenibilidad. Conforme a esto, se deberá tener en cuenta los siguientes requisitos:
— La ubicación de las fosas /balsa deberá garantizar que no se produzcan vertidos a ningún curso o punto de agua; y habrán de hallarse a la mayor distancia posible de caminos y carreteras. Se orientará en función de los vientos dominantes, de modo que se
eviten molestias por malos olores a las poblaciones más cercanas.
— La balsa será impermeabilizada con lámina de PEAD y cumplirá con las siguientes características constructivas:
Jueves, 22 de abril de 2021
20207
CONDICIONADO AMBIENTAL DE LA AUTORIZACIÓN AMBIENTAL INTEGRADA
- a - Tratamiento y gestión del estiércol
1. El tratamiento y gestión de los estiércoles que se generen en esta explotación se llevará
a cabo mediante la aplicación de los mismos como abono orgánico. Para el control de la
gestión de estos residuos agroganaderos, la instalación deberá disponer de un Libro de
Registro de Gestión y de un Plan de Aplicación Agrícola de los estiércoles, conforme a lo establecido en el apartado – h – “Vigilancia y seguimiento” de esta resolución, de forma que
todas las deyecciones generadas sean gestionadas adecuadamente, conforme al Plan de
Aplicación Agrícola elaborado, y dejando constancia de esta gestión en el Libro de Registro
de Gestión de Estiércoles.
2. La generación de estiércoles asociada al funcionamiento normal del centro se estima en
15.300 m3/año de estiércol porcino, que suponen unos 45.000 Kg. de nitrógeno / año. Todas las deyecciones generadas deberán gestionarse adecuadamente, conforme al Plan de
Aplicación Agrícola elaborado, y dejando constancia de esta gestión en el Libro de Registro
de Gestión de Estiércoles.
El complejo porcino deberá disponer de un sistema para la recogida y almacenamiento
de los purines y las aguas de limpieza, generados en las naves de secuestro, que evite el
riesgo de filtración y contaminación de las aguas superficiales y subterráneas, con tamaño
adecuado para la retención de la producción de al menos 3 meses, que permita llevar a
cabo la gestión adecuada de los mismos. A estos efectos, la explotación porcina dispondrá
de una capacidad total de retención mínima de estiércoles licuados, aguas de limpieza y
lixiviados del estercolero de 1.500 m3, para ello la explotación porcina dispondrá de dos
balsa de purines impermeabilizadas con lámina PEAD, con una capacidad total de almacenamiento de 1.500 m3, cada una, una balsa de homogenización, de 180 m3 (6x6 m2 y
5 metros de profundidad), en hormigón y con agitador (tras previo paso por equipo de
separación sólido-líquido).
3. El diseño y la construcción de las balsas de almacenamiento de purines deberá adaptarse
a las prescripciones que para este tipo de infraestructuras establece la Dirección General
de Sostenibilidad. Conforme a esto, se deberá tener en cuenta los siguientes requisitos:
— La ubicación de las fosas /balsa deberá garantizar que no se produzcan vertidos a ningún curso o punto de agua; y habrán de hallarse a la mayor distancia posible de caminos y carreteras. Se orientará en función de los vientos dominantes, de modo que se
eviten molestias por malos olores a las poblaciones más cercanas.
— La balsa será impermeabilizada con lámina de PEAD y cumplirá con las siguientes características constructivas: