Otras Resoluciones. Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Entidades Locales. Ayudas.- (2021060983)
Resolución de 7 de abril de 2021, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas a otorgar a entidades locales de menos de 20.000 habitantes destinadas al desarrollo de pueblos inteligentes en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 74
MIércoles, 21 de abril de 2021
19911
3. T
ranscurrido el plazo de presentación de justificación sin que se haya remitido tal justificación, se iniciará el procedimiento de pérdida del derecho a la percepción de la ayuda
concedida y de reintegro total o parcial de la cantidad percibida, previa audiencia del interesado, sin perjuicio de las demás responsabilidades establecidas en la Ley 6/2011, de 23
de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
4. L
as inversiones no podrán haber sido iniciadas ni pagadas por los beneficiarios con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud, excepto los costes de consultoría, análisis
y redacción de proyectos, debiendo estar las facturas y sus correspondientes justificantes
de pago fechadas con posterioridad a esa fecha.
5. L
as facturas y sus correspondientes justificantes de pago deberán estar fechadas dentro
del plazo de ejecución de las actuaciones.
6. Para la acreditación de la ejecución de las actuaciones para las que se concede la subvención, así como de los gastos y el pago de las inversiones, en cualquier caso, la entidad
beneficiaria deberá aportar la siguiente documentación, que se aportará junto a la solicitud
de pago o liquidación:
a) Memoria de actuaciones realizadas.
b) Cuenta justificativa del gasto realizado firmada por el Interventor/a de la entidad local,
que deberá incluir una declaración de las actividades realizadas y su coste, con el desglose de cada uno de los gastos incurridos, debidamente ordenados y numerados, con
especificación de los perceptores y los importes correspondientes, así como la forma y
medios de pagos utilizados.
c) Facturas debidamente relacionadas, totalizadas, y debidamente desglosadas, que acrediten el gasto realizado, justifiquen la totalidad de la inversión efectuada y el cumplimiento íntegro de las actuaciones subvencionadas.
d) Documentación que acredite la transferencia o movimiento bancario efectuado por el
beneficiario a favor de la empresa que le haya efectuado la actuación, y por el concepto
y cantidad subvencionada.
e) D
ocumentación relativa a la acreditación gráfica de haber adoptado medidas de publicidad correspondientes.
f) Documentación gráfica acreditativa de las actuaciones ejecutadas que se certifiquen.
MIércoles, 21 de abril de 2021
19911
3. T
ranscurrido el plazo de presentación de justificación sin que se haya remitido tal justificación, se iniciará el procedimiento de pérdida del derecho a la percepción de la ayuda
concedida y de reintegro total o parcial de la cantidad percibida, previa audiencia del interesado, sin perjuicio de las demás responsabilidades establecidas en la Ley 6/2011, de 23
de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
4. L
as inversiones no podrán haber sido iniciadas ni pagadas por los beneficiarios con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud, excepto los costes de consultoría, análisis
y redacción de proyectos, debiendo estar las facturas y sus correspondientes justificantes
de pago fechadas con posterioridad a esa fecha.
5. L
as facturas y sus correspondientes justificantes de pago deberán estar fechadas dentro
del plazo de ejecución de las actuaciones.
6. Para la acreditación de la ejecución de las actuaciones para las que se concede la subvención, así como de los gastos y el pago de las inversiones, en cualquier caso, la entidad
beneficiaria deberá aportar la siguiente documentación, que se aportará junto a la solicitud
de pago o liquidación:
a) Memoria de actuaciones realizadas.
b) Cuenta justificativa del gasto realizado firmada por el Interventor/a de la entidad local,
que deberá incluir una declaración de las actividades realizadas y su coste, con el desglose de cada uno de los gastos incurridos, debidamente ordenados y numerados, con
especificación de los perceptores y los importes correspondientes, así como la forma y
medios de pagos utilizados.
c) Facturas debidamente relacionadas, totalizadas, y debidamente desglosadas, que acrediten el gasto realizado, justifiquen la totalidad de la inversión efectuada y el cumplimiento íntegro de las actuaciones subvencionadas.
d) Documentación que acredite la transferencia o movimiento bancario efectuado por el
beneficiario a favor de la empresa que le haya efectuado la actuación, y por el concepto
y cantidad subvencionada.
e) D
ocumentación relativa a la acreditación gráfica de haber adoptado medidas de publicidad correspondientes.
f) Documentación gráfica acreditativa de las actuaciones ejecutadas que se certifiquen.