Otras Resoluciones. Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios.- (2021061074)
Resolución de 15 de abril de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre el Organismo Autónomo Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social y la Junta de Extremadura para instrumentar la cooperación entre ambas Administraciones Públicas para el mejor desarrollo del servicio público encomendado a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
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NÚMERO 74
MIércoles, 21 de abril de 2021
19882
CONVENIO ENTRE EL ORGANISMO AUTÓNOMO ORGANISMO ESTATAL
INSPECCIÓN DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Y LA JUNTA DE
EXTREMADURA PARA INSTRUMENTAR LA COOPERACIÓN ENTRE AMBAS
ADMINISTRACIONES PÚBLICAS PARA EL MEJOR DESARROLLO DEL
SERVICIO PÚBLICO ENCOMENDADO A LA INSPECCIÓN DE TRABAJO Y
SEGURIDAD SOCIAL.
Mérida y Madrid, 12 de abril de 2021.
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Sra. D.ª M.ª Esther Gutiérrez Morán, en su condición de Consejera
de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura, nombrada por Decreto del Presidente de
la Junta de Extremadura 21/2019, de 1 de julio (DOE núm. 126, del 2 de julio), en nombre y
representación de la Comunidad Autónoma de Extremadura en virtud de lo dispuesto por el
artículo único del Decreto del Presidente 30/2019, de 25 de julio (DOE núm. 160, del 20 de
agosto) por el que se delega en la persona titular de la Consejería de Educación y Empleo la
firma de los convenios de colaboración con el Estado que suscriba la Comunidad Autónoma de
Extremadura, en el ámbito de las competencias que dicho departamento tiene atribuidas, y
del Acuerdo adoptado el (por el momento no se dispone de la fecha del Acuerdo) de 2020 por
el Consejo de Gobierno por el que se autoriza la suscripción y firma del presente convenio a
la Consejera de Educación y Empleo.
Y de otra, Don Héctor Illueca Ballester, Director del Organismo Autónomo Organismo Estatal
Inspección de Trabajo y Seguridad Social, nombrado por Real Decreto 118/2020, de 21 de
enero (BOE del 22 de enero de 2020), competente para la firma del presente Convenio, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 31.3 e) de la Ley 23/2015, de 21 de julio, Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social (BOE del 22 de julio de 2015)
y el artículo 8.3.g) del Real Decreto 192/2018, de 6 de abril (BOE de 7 de abril de 2018) por
el que se aprueban los estatutos de Organismo Autónomo Organismo Estatal Inspección de
Trabajo y Seguridad Social.
Ambas partes se reconocen mutuamente la capacidad para obligarse y convenir y
MANIFIESTAN
1. Que la Constitución Española establece en su artículo 149.1.7 que el Estado tiene competencia exclusiva en materia de legislación laboral sin perjuicio de su ejecución por los
órganos de las Comunidades Autónomas.
MIércoles, 21 de abril de 2021
19882
CONVENIO ENTRE EL ORGANISMO AUTÓNOMO ORGANISMO ESTATAL
INSPECCIÓN DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Y LA JUNTA DE
EXTREMADURA PARA INSTRUMENTAR LA COOPERACIÓN ENTRE AMBAS
ADMINISTRACIONES PÚBLICAS PARA EL MEJOR DESARROLLO DEL
SERVICIO PÚBLICO ENCOMENDADO A LA INSPECCIÓN DE TRABAJO Y
SEGURIDAD SOCIAL.
Mérida y Madrid, 12 de abril de 2021.
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Sra. D.ª M.ª Esther Gutiérrez Morán, en su condición de Consejera
de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura, nombrada por Decreto del Presidente de
la Junta de Extremadura 21/2019, de 1 de julio (DOE núm. 126, del 2 de julio), en nombre y
representación de la Comunidad Autónoma de Extremadura en virtud de lo dispuesto por el
artículo único del Decreto del Presidente 30/2019, de 25 de julio (DOE núm. 160, del 20 de
agosto) por el que se delega en la persona titular de la Consejería de Educación y Empleo la
firma de los convenios de colaboración con el Estado que suscriba la Comunidad Autónoma de
Extremadura, en el ámbito de las competencias que dicho departamento tiene atribuidas, y
del Acuerdo adoptado el (por el momento no se dispone de la fecha del Acuerdo) de 2020 por
el Consejo de Gobierno por el que se autoriza la suscripción y firma del presente convenio a
la Consejera de Educación y Empleo.
Y de otra, Don Héctor Illueca Ballester, Director del Organismo Autónomo Organismo Estatal
Inspección de Trabajo y Seguridad Social, nombrado por Real Decreto 118/2020, de 21 de
enero (BOE del 22 de enero de 2020), competente para la firma del presente Convenio, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 31.3 e) de la Ley 23/2015, de 21 de julio, Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social (BOE del 22 de julio de 2015)
y el artículo 8.3.g) del Real Decreto 192/2018, de 6 de abril (BOE de 7 de abril de 2018) por
el que se aprueban los estatutos de Organismo Autónomo Organismo Estatal Inspección de
Trabajo y Seguridad Social.
Ambas partes se reconocen mutuamente la capacidad para obligarse y convenir y
MANIFIESTAN
1. Que la Constitución Española establece en su artículo 149.1.7 que el Estado tiene competencia exclusiva en materia de legislación laboral sin perjuicio de su ejecución por los
órganos de las Comunidades Autónomas.