Disposiciones Generales. Consejería De Educación Y Empleo. Educación. Premios.- (2021050054)
Orden de 14 de abril de 2021 por la que se regulan y convocan los Premios de Cultura Emprendedora en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2020/2021.
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NÚMERO 74
MIércoles, 21 de abril de 2021
19860
2. Para la valoración de las solicitudes y elevación de informe vinculante a la Dirección General
de Innovación Educativa, se constituirá un Jurado integrado por:
— Presidente: el titular de la Dirección General de Innovación Educativa o persona en
quien delegue.
— Vocales:
• El titular de la Dirección General de Política Universitaria, o persona en quien delegue.
• El titular de la Dirección General de Empresa y Competitividad, o persona en quien
delegue.
• El titular de la Dirección del Instituto de la Juventud de Extremadura, o persona en
quien delegue.
• Jefe de Servicio de Programas Educativos y Atención a la Diversidad, o persona en
quien delegue.
• Un representante del Servicio de Formación Profesional Reglada.
• Un representante del Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE).
• También podrían formar parte del jurado dos representante de entidades y/o fundaciones colaboradoras y otros dos representantes del mundo empresarial o personas
en quienes deleguen.
— Secretario: Un funcionario/a del Servicio de Programas Educativos y Atención a la Diversidad.
3. El nombramiento de los miembros del Jurado se efectuará mediante resolución de la titular
de la Consejería de Educación y Empleo.
4. El jurado se ajustará, en cuanto a su constitución y funcionamiento, a lo previsto en el capítulo II del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, para los órganos colegiados.
Artículo 10. Procedimiento de selección.
1. Para la modalidad A (alumnado de Formación Profesional de Grado Medio) el Jurado realizará una valoración de todos los proyectos presentados, aplicando los criterios recogidos
en el artículo 8.1.
MIércoles, 21 de abril de 2021
19860
2. Para la valoración de las solicitudes y elevación de informe vinculante a la Dirección General
de Innovación Educativa, se constituirá un Jurado integrado por:
— Presidente: el titular de la Dirección General de Innovación Educativa o persona en
quien delegue.
— Vocales:
• El titular de la Dirección General de Política Universitaria, o persona en quien delegue.
• El titular de la Dirección General de Empresa y Competitividad, o persona en quien
delegue.
• El titular de la Dirección del Instituto de la Juventud de Extremadura, o persona en
quien delegue.
• Jefe de Servicio de Programas Educativos y Atención a la Diversidad, o persona en
quien delegue.
• Un representante del Servicio de Formación Profesional Reglada.
• Un representante del Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE).
• También podrían formar parte del jurado dos representante de entidades y/o fundaciones colaboradoras y otros dos representantes del mundo empresarial o personas
en quienes deleguen.
— Secretario: Un funcionario/a del Servicio de Programas Educativos y Atención a la Diversidad.
3. El nombramiento de los miembros del Jurado se efectuará mediante resolución de la titular
de la Consejería de Educación y Empleo.
4. El jurado se ajustará, en cuanto a su constitución y funcionamiento, a lo previsto en el capítulo II del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, para los órganos colegiados.
Artículo 10. Procedimiento de selección.
1. Para la modalidad A (alumnado de Formación Profesional de Grado Medio) el Jurado realizará una valoración de todos los proyectos presentados, aplicando los criterios recogidos
en el artículo 8.1.