Otras Resoluciones. Servicio Extremeño Público De Empleo. Fomento Del Empleo. Subvenciones.- (2021061094)
Extracto de la Resolución de 13 de abril de 2021, de la Secretaría General de Empleo, por la que se aprueba la convocatoria de las subvenciones para el fomento de la contratación indefinida en la Comunidad Autónoma de Extremadura, correspondiente al ejercicio 2021.
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NÚMERO 74
MIércoles, 21 de abril de 2021
20012
finida (A)”, con fuente de financiación Transferencias del Estado, fondo TE24001001, con el
siguiente desglose por anualidades y aplicaciones presupuestarias:
EJERCICIO 2021.
— 1.000.000,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 130080000/G/242A/47000/
CAG0000001/20080264.
— 8.000.000,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 130080000/G/242A/47000/
FS14RE0100/20210147.
— 3.000.000,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 130080000/G/242A/47000/
TE24007001/20210263.
EJERCICIO 2022.
— 6.000.000,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 130080000/G/242A/47000/
TE24001001/20160276.
La cuantía de la subvención dependerá de la base mínima mensual de cotización por contingencias comunes que le corresponda al grupo de cotización de la persona trabajadora objeto
de subvención vigente al día de publicación de la convocatoria. Las bases diarias mínimas de
cotización de los grupos 8, 9, 10 y 11 se multiplicarán por 30.
Para el Programa I, cuando se trate de contrataciones de personas trabajadoras que no
hubieren prestado servicios, mediante contratos de duración determinada durante un período,
continuo o discontinuo, superior a 30 días efectivamente trabajados según vida laboral, en
la misma empresa contratante o vinculadas a esta según lo prevenido en el artículo 8.2
de la Orden de 4 de marzo de 2021, por la que se establecen las bases reguladoras de las
subvenciones destinadas a fomentar el empleo indefinido en la Comunidad Autónoma de
Extremadura, las cuantías son las siguientes:
a) 7,5 veces la base mínima de cotización para las mujeres.
b) 7 veces la base mínima de cotización para los hombres que se encuentren en los siguientes grupos de población:
— Menores de 30 años.
— De 52 o más años.
— Parados de larga duración.
MIércoles, 21 de abril de 2021
20012
finida (A)”, con fuente de financiación Transferencias del Estado, fondo TE24001001, con el
siguiente desglose por anualidades y aplicaciones presupuestarias:
EJERCICIO 2021.
— 1.000.000,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 130080000/G/242A/47000/
CAG0000001/20080264.
— 8.000.000,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 130080000/G/242A/47000/
FS14RE0100/20210147.
— 3.000.000,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 130080000/G/242A/47000/
TE24007001/20210263.
EJERCICIO 2022.
— 6.000.000,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 130080000/G/242A/47000/
TE24001001/20160276.
La cuantía de la subvención dependerá de la base mínima mensual de cotización por contingencias comunes que le corresponda al grupo de cotización de la persona trabajadora objeto
de subvención vigente al día de publicación de la convocatoria. Las bases diarias mínimas de
cotización de los grupos 8, 9, 10 y 11 se multiplicarán por 30.
Para el Programa I, cuando se trate de contrataciones de personas trabajadoras que no
hubieren prestado servicios, mediante contratos de duración determinada durante un período,
continuo o discontinuo, superior a 30 días efectivamente trabajados según vida laboral, en
la misma empresa contratante o vinculadas a esta según lo prevenido en el artículo 8.2
de la Orden de 4 de marzo de 2021, por la que se establecen las bases reguladoras de las
subvenciones destinadas a fomentar el empleo indefinido en la Comunidad Autónoma de
Extremadura, las cuantías son las siguientes:
a) 7,5 veces la base mínima de cotización para las mujeres.
b) 7 veces la base mínima de cotización para los hombres que se encuentren en los siguientes grupos de población:
— Menores de 30 años.
— De 52 o más años.
— Parados de larga duración.