Autoridades Y Personal. Oposiciones Y Concursos. Servicio Extremeño De Salud. Concurso De Traslados.- (2021061053)
Resolución de 7 de abril de 2021, de la Dirección Gerencia, por la que se convoca concurso de traslado para la provisión de plazas básicas vacantes en determinadas especialidades de la Categoría de Facultativo/a Especialista de Área, en las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud.
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NÚMERO 73
Martes, 20 de abril de 2021
19654
3.4. En el plazo de presentación de solicitudes aquellos requisitos no acreditados darán lugar
a la exclusión provisional del concursante. Así mismo, no serán tenidos en cuenta para su
baremo, los méritos no alegados por el interesado, ni tampoco aquellos cuya acreditación
documental no haya sido aportada en plazo y/o de conformidad con lo estipulado en la
base quinta punto dos.
No obstante, cuando en la fecha de terminación del plazo de presentación de instancias
el participante no disponga de la documentación necesaria, ésta podrá ser sustituida por
una copia auténtica de su solicitud al órgano correspondiente registrada dentro de plazo,
debiendo, en este último caso, presentar la referida documentación dentro de los veinte
días naturales siguientes a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
3.5. En cualquier momento del proceso, podrá recabarse formalmente las aclaraciones o, en
su caso, la documentación adicional que se estime necesaria para la comprobación y/o
aclaración de los méritos, requisitos o datos alegados, así como aquellos otros que se
consideren precisos para una ajustada inclusión o valoración.
3.6. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, excepcionalmente, si el Servicio Extremeño de Salud no pudiera recabar cualquiera de los documentos especificados en esta base, podrá solicitar nuevamente al interesado su aportación.
Cuarta. Admisión de los concursantes.
4.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Dirección General de Recursos Humanos y Asuntos Generales publicará en la página web https://convocatoriasses.gobex.es la
resolución conteniendo la relación provisional de concursantes admitidos y excluidos, con
expresión del nombre, apellidos, DNI y la causa de exclusión, en su caso.
4.2. L
os errores materiales, de hecho o aritméticos podrán rectificarse en cualquier momento
de oficio o a instancia de los interesados, de conformidad con el artículo 109.2 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En todo caso, la resolución a la que se refiere el apartado anterior establecerá un plazo de
diez días hábiles para que los concursantes excluidos provisionalmente puedan subsanar
los defectos que motivaron su exclusión respecto de la documentación preceptiva que
debe acompañarse a la solicitud, de conformidad con el artículo 68.1 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre. Quienes no subsanen los defectos dentro del plazo señalado, justificando
su derecho a ser admitidos, serán definitivamente excluidos del proceso.
Martes, 20 de abril de 2021
19654
3.4. En el plazo de presentación de solicitudes aquellos requisitos no acreditados darán lugar
a la exclusión provisional del concursante. Así mismo, no serán tenidos en cuenta para su
baremo, los méritos no alegados por el interesado, ni tampoco aquellos cuya acreditación
documental no haya sido aportada en plazo y/o de conformidad con lo estipulado en la
base quinta punto dos.
No obstante, cuando en la fecha de terminación del plazo de presentación de instancias
el participante no disponga de la documentación necesaria, ésta podrá ser sustituida por
una copia auténtica de su solicitud al órgano correspondiente registrada dentro de plazo,
debiendo, en este último caso, presentar la referida documentación dentro de los veinte
días naturales siguientes a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
3.5. En cualquier momento del proceso, podrá recabarse formalmente las aclaraciones o, en
su caso, la documentación adicional que se estime necesaria para la comprobación y/o
aclaración de los méritos, requisitos o datos alegados, así como aquellos otros que se
consideren precisos para una ajustada inclusión o valoración.
3.6. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, excepcionalmente, si el Servicio Extremeño de Salud no pudiera recabar cualquiera de los documentos especificados en esta base, podrá solicitar nuevamente al interesado su aportación.
Cuarta. Admisión de los concursantes.
4.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Dirección General de Recursos Humanos y Asuntos Generales publicará en la página web https://convocatoriasses.gobex.es la
resolución conteniendo la relación provisional de concursantes admitidos y excluidos, con
expresión del nombre, apellidos, DNI y la causa de exclusión, en su caso.
4.2. L
os errores materiales, de hecho o aritméticos podrán rectificarse en cualquier momento
de oficio o a instancia de los interesados, de conformidad con el artículo 109.2 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En todo caso, la resolución a la que se refiere el apartado anterior establecerá un plazo de
diez días hábiles para que los concursantes excluidos provisionalmente puedan subsanar
los defectos que motivaron su exclusión respecto de la documentación preceptiva que
debe acompañarse a la solicitud, de conformidad con el artículo 68.1 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre. Quienes no subsanen los defectos dentro del plazo señalado, justificando
su derecho a ser admitidos, serán definitivamente excluidos del proceso.