Otras Resoluciones. Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios.- (2021061066)
Resolución de 15 de abril de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza una transferencia específica de carácter plurianual a favor de la Empresa Pública Extremadura Avante Servicios Avanzados a PYMES, SLU, para la puesta en marcha del programa de apoyo a la exportación 2021-2022.
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NÚMERO 73
Martes, 20 de abril de 2021

19721

2.5. P
 rocedimiento de Concesión de la Subvención (establecida en el punto 3.3.2.).


El procedimiento para la concesión de la subvención se tramitará conforme a lo previsto en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, en lo que resulte de aplicación, concretamente conforme a lo previsto
en su artículo 1 en relación con la Disposición Adicional Tercera de la citada norma,
encontrando Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU. su especial habilitación en el apartado 1 del artículo 2 de la Ley 20/2010, de 28 de diciembre, de
concentración empresarial pública en la Comunidad Autónoma de Extremadura, norma de creación de Extremadura Avante, en su redacción dada por la Ley 8/2016, de
12 de diciembre, de medidas tributarias, patrimoniales, financieras y administrativas
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.



Las convocatorias se realizarán mediante Acuerdo del Director de Extremadura Avante
Servicios Avanzados a Pymes, SLU, previa autorización de la Consejería de Economía,
Ciencia y Agenda Digital. La convocatoria se realizará con base en los principios de
igualdad, concurrencia, publicidad, transparencia y no discriminación.



Los consorcios interesados podrán consultar toda la información del programa a través
de la web www.extremaduraavante.es durante el periodo de convocatoria estipulado.



R
 ecibidas las solicitudes, se verificará el cumplimiento de los requisitos y se ordenarán conforme a los criterios de valoración establecidos en las correspondientes bases
reguladoras.



L
 os 4 consorcios más valorados serán designados como beneficiarios.



La subvención se halla acogida al régimen de mínimis, sujetándose a lo establecido en
el Reglamento (UE) 1407/2013, de la Comisión de 18 de diciembre de 2013, relativo
a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión
Europea a las ayudas de mínimis (DOUE L 352, de 24 de diciembre), no pudiendo
superar la ayuda total de mínimis la cantidad de 200.000 euros durante cualquier
período de tres ejercicios fiscales.

2.6. Publicidad.


En cumplimiento de los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, se procederá a publicar en el Diario Oficial de
Extremadura las bases reguladoras y los acuerdos de las convocatorias que se efectúen. La Base de Datos Nacional de Subvenciones dará traslado al Diario Oficial de
Extremadura del extracto de la convocatoria para su publicación, de conformidad con