Otras Resoluciones. Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios.- (2021061005)
Resolución de 8 de abril de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre el Museo de Arte Contemporánea de Vigo y el Museo Extremeño e Iberoamericano de Arte Contemporáneo para el intercambio de las exposiciones individuales de la artista cubana Glenda León y la artista gallega Celeste Garrido, que serán compartidas en el año 2021.
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NÚMERO 71
Viernes, 16 de abril de 2021
19248
Segunda. Obligaciones.
En el ámbito del presente Convenio de Colaboración, MARCO y MEIAC se obligan a:
a) Garantizar las condiciones necesarias para la realización de las exposiciones (en los
términos recogidos en la claúsula primera).
b) Asegurar que cada uno de los proyectos expositivos respetará los espacios expositivos
de la institución que los acoge.
c) Participar en el montaje y desmontaje de la exposición, asegurando la participación de
los comisarios y artistas, que acompañarán y coordinarán el equipo en el montaje y
desmontaje de la exposición.
d) Asegurar la visibilidad de MARCO y MEIAC, garantizando que sus imágenes se encuentran
presentes en todos los medios de promoción de las exposiciones, de forma destacada.
e) E
fectuar, antes de la exposición, todos los seguros legalmente exigidos;
f) Asegurar la divulgación de la iniciativa en los medios propios, debiendo la imagen ser
aprobada antes por los dos firmantes.
g) Asegurar los recursos técnicos y humanos para el montaje y desmontaje de la exposición, con equipo propio, con el apoyo y supervisión de los comisarios.
h) Asegurar los medios técnicos y recursos humanos con equipo propio para la vigencia de
la exposición.
i) Asegurar servicio de seguridad, promover la limpieza diaria del espacio referido.
j) Garantizar las condiciones necesarias para que la exposición se mantenga abierta al
público dentro del horario de funcionamiento del espacio expositivo de cada firmante.
k) Colaborarán en la promoción de la divulgación nacional e internacional de las exposiciones.
Tercera. Comisión de Seguimiento.
Como mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución se constituye una comisión conjunta de seguimiento, compuesta por 2 personas, una de ellas designada por el
MEIAC y una designada por el MARCO, que se asegurará de que se dé cumplimiento a las
cláusulas del presente Convenio, y que resolverá cualquier cuestión que surja en relación con
el desarrollo de las Exposiciónes.
Viernes, 16 de abril de 2021
19248
Segunda. Obligaciones.
En el ámbito del presente Convenio de Colaboración, MARCO y MEIAC se obligan a:
a) Garantizar las condiciones necesarias para la realización de las exposiciones (en los
términos recogidos en la claúsula primera).
b) Asegurar que cada uno de los proyectos expositivos respetará los espacios expositivos
de la institución que los acoge.
c) Participar en el montaje y desmontaje de la exposición, asegurando la participación de
los comisarios y artistas, que acompañarán y coordinarán el equipo en el montaje y
desmontaje de la exposición.
d) Asegurar la visibilidad de MARCO y MEIAC, garantizando que sus imágenes se encuentran
presentes en todos los medios de promoción de las exposiciones, de forma destacada.
e) E
fectuar, antes de la exposición, todos los seguros legalmente exigidos;
f) Asegurar la divulgación de la iniciativa en los medios propios, debiendo la imagen ser
aprobada antes por los dos firmantes.
g) Asegurar los recursos técnicos y humanos para el montaje y desmontaje de la exposición, con equipo propio, con el apoyo y supervisión de los comisarios.
h) Asegurar los medios técnicos y recursos humanos con equipo propio para la vigencia de
la exposición.
i) Asegurar servicio de seguridad, promover la limpieza diaria del espacio referido.
j) Garantizar las condiciones necesarias para que la exposición se mantenga abierta al
público dentro del horario de funcionamiento del espacio expositivo de cada firmante.
k) Colaborarán en la promoción de la divulgación nacional e internacional de las exposiciones.
Tercera. Comisión de Seguimiento.
Como mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución se constituye una comisión conjunta de seguimiento, compuesta por 2 personas, una de ellas designada por el
MEIAC y una designada por el MARCO, que se asegurará de que se dé cumplimiento a las
cláusulas del presente Convenio, y que resolverá cualquier cuestión que surja en relación con
el desarrollo de las Exposiciónes.