Autoridades Y Personal. Oposiciones Y Concursos. Servicio Extremeño De Salud. Concurso De Traslados.- (2021061022)
Resolución de 7 de abril de 2021, de la Dirección Gerencia, por la que se convoca concurso de traslado para la provisión de plazas básicas vacantes en la categoría de Enfermero/a Especialista de Salud Mental en las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud.
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NÚMERO 71
Viernes, 16 de abril de 2021



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4.3. Por cada año completo (doce meses) como tutor docente de residentes de la categoría a la que se opta: 0,20 puntos.



4.4. Por cada año completo (doce meses) como colaborador docente de formación sanitaria especializada relacionado con la categoría a la que se opta: 0,10 puntos.



4.5. Por cada año académico como colaborador honorífico universitario: 0,05 puntos.
5. Actividades de Formación Continua y Ocupacional: puntuación máxima 5 puntos.



a) P
 or diplomas o certificados obtenidos en actividades directamente relacionados con
el contenido de la plaza a proveer, con independencia del promotor, y acreditados
por la Comisión de Formación Continuada del Sistema Nacional de Salud.



b) Por diplomas o certificados obtenidos en cursos cuyo contenido esté directamente
relacionado con el de la plaza a proveer, tal y como a continuación se indican:

1. Los organizados y/o impartidos por las Administraciones Públicas, Colegios
Profesionales o Universidades.


2. Los acogidos a los distintos Acuerdos de Formación Continua en las Administraciones Públicas y de Formación Ocupacional.



3. Los organizados o impartidos por las Organizaciones Sindicales o sus fundaciones al amparo de los Convenios suscritos con la Administración General
de Estado, con las Administraciones de las Comunidades Autónomas, con el
extinto INSALUD o con los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas,
o bien que hayan sido reconocidos o subvencionados por los mismos, siempre
que dichas circunstancias consten en el propio título o diplomas, o bien se certifiquen debidamente.



Todos los cursos se valorarán por cada crédito con 0,10 puntos.



La puntuación de los cursos de formación realizados se regirá por el sistema de créditos, de tal manera que los cursos de formación aportados por los interesados en los
que solo vengan las horas de formación éstas se traducirán a créditos. A los efectos
anteriores un crédito equivale a 10 horas de formación, no valorándose los cursos de
menor duración. En caso de que los cursos aportados vengan tanto las horas de formación como los créditos, se tendrán en cuenta éstos últimos para su valoración, siempre
y cuando tengan diez o más horas de duración.



Se establecerá en 50 el máximo de créditos valorables, es decir, el límite de 5 puntos
se alcanzará con 50 créditos.