Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental.- (2021061008)
Resolución de 26 de marzo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración ambiental estratégica de la modificación n.º 1 del Plan Territorial de Sierra de Gata.
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NÚMERO 71
Viernes, 16 de abril de 2021
19316
y Ordenación del Territorio remitió con fecha 11 de junio de 2019 a la entonces Dirección
General de Medio Ambiente, la solicitud de inicio de la evaluación ambiental estratégica ordinaria de la modificación, junto al documento inicial estratégico y al borrador de la misma.
Como prevé el artículo 41 de la Ley 16/2015 de 23 de abril, de protección ambiental de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, la entonces Dirección General de Medio Ambiente
con fecha 17 de junio de 2019 sometió el borrador de la modificación y el documento inicial estratégico a consultas de las Administraciones públicas afectadas y de las personas
interesadas otorgándoles un plazo para responder de 45 días hábiles desde su recepción
con objeto de la elaboración del documento de alcance.
La entonces Dirección General de Medio Ambiente remitió con fecha 28 de noviembre de
2019 el documento de alcance para la determinación del contenido, amplitud y nivel de
detalle del estudio ambiental estratégico, el cual tuvo en cuenta las contestaciones de
las Administraciones públicas afectadas y personas interesadas. El documento de alcance incorpora también los criterios ambientales y principios de sostenibilidad aplicables.
Igualmente se indicaron las modalidades de información y consulta y se identificaron las
Administraciones públicas afectadas y personas interesadas.
Mediante la Resolución de la Consejera de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de 17 de agosto de 2020 se aprueba inicialmente la modificación n.º 1 del Plan
Territorial de Sierra de Gata. Dicha Modificación fue sometida a información pública por un
plazo de dos meses mediante anuncio en el DOE n.º173, de 4 de septiembre de 2020. La
Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio ha optado por el procedimiento de coordinación intersectorial, por lo que la Comisión de Coordinación Intersectorial ha
realizado la fase de consultas a las Administraciones públicas afectadas y personas interesadas, todo ello en cumplimiento del artículo 57 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de
protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
La documentación necesaria para la formulación de la Declaración Ambiental Estratégica
ha sido recibida con fecha 9 de febrero de 2021.
c) Análisis del Estudio Ambiental Estratégico. Adecuación formal a lo exigido por la normativa
y calidad de la información y carencias relevantes detectadas.
El estudio ambiental estratégico de la modificación se ha redactado siguiendo los criterios
ambientales y principios de sostenibilidad establecidos en el documento de alcance y siguiendo el contenido marcado tanto en el citado documento de alcance como en el Anexo
IX de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma
de Extremadura. Asimismo, reúne los requisitos de calidad suficientes para formular la
presente declaración ambiental estratégica.
Viernes, 16 de abril de 2021
19316
y Ordenación del Territorio remitió con fecha 11 de junio de 2019 a la entonces Dirección
General de Medio Ambiente, la solicitud de inicio de la evaluación ambiental estratégica ordinaria de la modificación, junto al documento inicial estratégico y al borrador de la misma.
Como prevé el artículo 41 de la Ley 16/2015 de 23 de abril, de protección ambiental de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, la entonces Dirección General de Medio Ambiente
con fecha 17 de junio de 2019 sometió el borrador de la modificación y el documento inicial estratégico a consultas de las Administraciones públicas afectadas y de las personas
interesadas otorgándoles un plazo para responder de 45 días hábiles desde su recepción
con objeto de la elaboración del documento de alcance.
La entonces Dirección General de Medio Ambiente remitió con fecha 28 de noviembre de
2019 el documento de alcance para la determinación del contenido, amplitud y nivel de
detalle del estudio ambiental estratégico, el cual tuvo en cuenta las contestaciones de
las Administraciones públicas afectadas y personas interesadas. El documento de alcance incorpora también los criterios ambientales y principios de sostenibilidad aplicables.
Igualmente se indicaron las modalidades de información y consulta y se identificaron las
Administraciones públicas afectadas y personas interesadas.
Mediante la Resolución de la Consejera de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de 17 de agosto de 2020 se aprueba inicialmente la modificación n.º 1 del Plan
Territorial de Sierra de Gata. Dicha Modificación fue sometida a información pública por un
plazo de dos meses mediante anuncio en el DOE n.º173, de 4 de septiembre de 2020. La
Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio ha optado por el procedimiento de coordinación intersectorial, por lo que la Comisión de Coordinación Intersectorial ha
realizado la fase de consultas a las Administraciones públicas afectadas y personas interesadas, todo ello en cumplimiento del artículo 57 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de
protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
La documentación necesaria para la formulación de la Declaración Ambiental Estratégica
ha sido recibida con fecha 9 de febrero de 2021.
c) Análisis del Estudio Ambiental Estratégico. Adecuación formal a lo exigido por la normativa
y calidad de la información y carencias relevantes detectadas.
El estudio ambiental estratégico de la modificación se ha redactado siguiendo los criterios
ambientales y principios de sostenibilidad establecidos en el documento de alcance y siguiendo el contenido marcado tanto en el citado documento de alcance como en el Anexo
IX de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma
de Extremadura. Asimismo, reúne los requisitos de calidad suficientes para formular la
presente declaración ambiental estratégica.