Otras Resoluciones. Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios.- (2021061024)
Resolución de 9 de abril de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda n.º 2 de modificación y prórroga del Convenio entre la Comunidad Autónoma de Extremadura y la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) para la redacción del proyecto, construcción y puesta a disposición de la nueva terminal ferroviaria de mercancías intermodal en la Plataforma Logística del Suroeste Europeo, primera fase de Badajoz.
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NÚMERO 70
18960
Jueves, 15 de abril de 2021
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El Objeto de la presente Adenda es la modificación y prórroga del Convenio de fecha 5 de
marzo de 2018, modificado mediante adenda de 22 de julio de 2019, suscritos entre la Comunidad Autónoma de Extremadura y ADIF, para la redacción del proyecto y la tramitación de la
licitación, asistencia técnica, control de la construcción y puesta a disposición de la “Terminal
ferroviaria de mercancías intermodal de la Plataforma Logística del Suroeste Europeo Primera
Fase de Badajoz”.
Segunda. Modificación.
I. Es objeto de modificación la Cláusula Tercera del Convenio “Financiación y forma de pago”
del Convenio de fecha 5 de marzo de 2018, cuyo párrafo tercero queda redactado del siguiente modo:
“Estas cantidades serán satisfechas por la Comunidad Autónoma de Extremadura, con
cargo a la partida presupuestaria 160050000-G/353C/60100 (F.F. PC00060001), proyecto
presupuestario 20160251. Se establecen las siguientes anualidades presupuestarias:
2019:
154.973,81 €
2020:
3.836.715,14 €
2021:
8.589.956,16 €
2022:
2.637.738,28 €
TOTAL:
15.219.383,39 €”
II. Es objeto de modificación la Cláusula Sexta del Convenio “Entrada en vigor y duración” del
Convenio de fecha 5 de marzo de 2018, adicionándose a dicha cláusula un tercer párrafo que
queda redactado del siguiente modo:
“No obstante lo anterior, para el caso que el desarrollo de la ejecución de las obras lo hiciere necesario las partes, de forma unánime, podrán acordar una nueva prórroga de no
más de un año de duración adicional hasta la completa ejecución de las obras.”
18960
Jueves, 15 de abril de 2021
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El Objeto de la presente Adenda es la modificación y prórroga del Convenio de fecha 5 de
marzo de 2018, modificado mediante adenda de 22 de julio de 2019, suscritos entre la Comunidad Autónoma de Extremadura y ADIF, para la redacción del proyecto y la tramitación de la
licitación, asistencia técnica, control de la construcción y puesta a disposición de la “Terminal
ferroviaria de mercancías intermodal de la Plataforma Logística del Suroeste Europeo Primera
Fase de Badajoz”.
Segunda. Modificación.
I. Es objeto de modificación la Cláusula Tercera del Convenio “Financiación y forma de pago”
del Convenio de fecha 5 de marzo de 2018, cuyo párrafo tercero queda redactado del siguiente modo:
“Estas cantidades serán satisfechas por la Comunidad Autónoma de Extremadura, con
cargo a la partida presupuestaria 160050000-G/353C/60100 (F.F. PC00060001), proyecto
presupuestario 20160251. Se establecen las siguientes anualidades presupuestarias:
2019:
154.973,81 €
2020:
3.836.715,14 €
2021:
8.589.956,16 €
2022:
2.637.738,28 €
TOTAL:
15.219.383,39 €”
II. Es objeto de modificación la Cláusula Sexta del Convenio “Entrada en vigor y duración” del
Convenio de fecha 5 de marzo de 2018, adicionándose a dicha cláusula un tercer párrafo que
queda redactado del siguiente modo:
“No obstante lo anterior, para el caso que el desarrollo de la ejecución de las obras lo hiciere necesario las partes, de forma unánime, podrán acordar una nueva prórroga de no
más de un año de duración adicional hasta la completa ejecución de las obras.”