Otras Resoluciones. Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Economía Social. Ayudas.- (2021060984)
Resolución de 6 de abril de 2021, de la Secretaría General, por la que se convocan ayudas destinadas a la formación, fomento y difusión en el ámbito de la economía social para 2021. Línea de ayudas a la formación de las personas que integran o pueden integrar los órganos de administración de las sociedades cooperativas.
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NÚMERO 70
Jueves, 15 de abril de 2021

18987

Décimo. Publicidad.
1. Tanto el extracto de la presente convocatoria como la convocatoria en sí, serán publicados
en el Diario Oficial de Extremadura de manera simultánea. La Base de Datos Nacional de
Subvenciones, dará traslado a dicho diario del extracto de la convocatoria para su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 q) de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Asimismo, la presente convocatoria, y las subvenciones concedidas serán publicadas en
el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma en la forma establecida en los artículos 17.1 y 20 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
2. Se remitirá a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, la información sobre esta convocatoria y resoluciones de concesión derivadas del Decreto 195/2017, de 14 de noviembre,
de conformidad con lo dispuesto en los artículos 18 y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
3. Con independencia de lo anterior, se publicará la información en el Portal Electrónico de la
Transparencia y la Participación Ciudadana de la Comunidad Autónoma, de acuerdo con el
artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura.
4. L
 as entidades beneficiarias de las subvenciones a que se refiere esta resolución están sujetas a las normas de información y publicidad establecidas en la Comunidad Autónoma
de Extremadura, y a cualesquiera otras que, en su caso, pudieran ser de aplicación, según
lo exigido en el artículo 17.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
Undécimo. Financiación.
1. El importe total del crédito destinado a esta convocatoria será de cincuenta mil euros
(50.000,00 €), con cargo a la aplicación presupuestaria 120100000 G/325A/48900,
CAG00000001, código de proyecto 20160361 “Programa de formación integral para la
profesionalización del sector cooperativo", de los presupuestos generales de la Comunidad
Autónoma de Extremadura para 2021.
2. Con arreglo a lo establecido en la letra h) del apartado 2 del artículo 23 de la Ley 6/2011,
de 23 de marzo, la cuantía de los créditos fijados en esta convocatoria podrán aumentarse
hasta un 20% de la cuantía inicial, o hasta la cuantía que corresponda cuando tal incremento sea consecuencia de una generación, incorporación de crédito, o se trate de créditos