Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental.- (2021061007)
Resolución de 29 de marzo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Punto Limpio en la localidad de Hervás", cuyo promotor es Ayuntamiento de Hervás, en el término municipal de Hervás (Cáceres). Expte.: IA19/0733.
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NÚMERO 70
Jueves, 15 de abril de 2021
19134
como Dotacional Genérico DOT-1. La superficie de la parcela son 7.338 m2, de los cuales se
ocupará solo una parte, 716 m2.
El Punto Limpio está constituido por una plataforma de hormigón sobre base de zahorra compactada, que dispondrá de pendientes de evacuación y red de recogida de aguas. Se dividirá
en dos zonas, una zona cubierta para los materiales peligrosos y aquellos que haya que proteger de la intemperie (con cubierta de chapa y cerramiento de las caras laterales y posterior
de bloques de hormigón) y una zona descubierta (que albergará aquellos materiales sin riesgo
de producir contaminación). El cerramiento será de murete de hormigón y sobre este se dispondrá una malla de simple torsión. Los suministros de electricidad y agua provendrán de las
redes ya instaladas para el polígono industrial.
Los residuos admisibles serán los siguientes: Metales (aluminio, chatarra, somieres); Maderas; Residuos de construcción y demolición procedentes de obras menores; Restos poda y
otros residuos vegetales; Papel y cartón; Envases (plásticos, metálicos, bricks); Envases de
vidrio; Electrodomésticos frío (AACC, frigoríficos, etc.); Electrodomésticos no frío (TV, lavadoras, etc.) y Electrónicos (CPU, monitores, ofimática, etc.). Para el uso por particulares y evitar
su utilización por empresas se regula el número o peso máximo de algunos de los que se
aceptan: Fluorescentes; Pinturas, disolventes, barnices; Pilas botón; Tóner; Aerosoles; Pilas
salinas y alcalinas; Voluminosos (muebles, colchones, enseres); Electrodomésticos frío (procedencia no comercial); Electrodomésticos no frío (procedencia no comercial) y Electrónicos
(procedencia no comercial). No se aceptarán en el punto limpio aquellos tipos de residuos con
una normativa específica o por no ser de origen particular.
2. Tramitación y consultas.
Con fecha 20 de mayo de 2019, el promotor presenta ante la Dirección General de Sostenibilidad la solicitud de evaluación de impacto ambiental simplificada junto al documento ambiental del proyecto para su sometimiento al procedimiento de evaluación de impacto ambiental.
El documento ambiental recibido inicialmente no aportaba información suficiente para la correcta evaluación ambiental del proyecto, habiéndose considerado el mismo como correcto
en cuanto a contenido tras haber dado cumplimiento el promotor al requerimiento de subsanación formulado/s por la Dirección General de Sostenibilidad con fecha 10 de julio de 2019.
Dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 75.1 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de
protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con fecha de 4 de octubre
de 2019, la Dirección General de Sostenibilidad ha realizado consultas a las Administraciones
Públicas afectadas y las personas interesadas que se relacionan en la tabla adjunta. Se han
señalado con una «X» aquellas Administraciones Públicas y personas interesadas que han
emitido respuesta.
Jueves, 15 de abril de 2021
19134
como Dotacional Genérico DOT-1. La superficie de la parcela son 7.338 m2, de los cuales se
ocupará solo una parte, 716 m2.
El Punto Limpio está constituido por una plataforma de hormigón sobre base de zahorra compactada, que dispondrá de pendientes de evacuación y red de recogida de aguas. Se dividirá
en dos zonas, una zona cubierta para los materiales peligrosos y aquellos que haya que proteger de la intemperie (con cubierta de chapa y cerramiento de las caras laterales y posterior
de bloques de hormigón) y una zona descubierta (que albergará aquellos materiales sin riesgo
de producir contaminación). El cerramiento será de murete de hormigón y sobre este se dispondrá una malla de simple torsión. Los suministros de electricidad y agua provendrán de las
redes ya instaladas para el polígono industrial.
Los residuos admisibles serán los siguientes: Metales (aluminio, chatarra, somieres); Maderas; Residuos de construcción y demolición procedentes de obras menores; Restos poda y
otros residuos vegetales; Papel y cartón; Envases (plásticos, metálicos, bricks); Envases de
vidrio; Electrodomésticos frío (AACC, frigoríficos, etc.); Electrodomésticos no frío (TV, lavadoras, etc.) y Electrónicos (CPU, monitores, ofimática, etc.). Para el uso por particulares y evitar
su utilización por empresas se regula el número o peso máximo de algunos de los que se
aceptan: Fluorescentes; Pinturas, disolventes, barnices; Pilas botón; Tóner; Aerosoles; Pilas
salinas y alcalinas; Voluminosos (muebles, colchones, enseres); Electrodomésticos frío (procedencia no comercial); Electrodomésticos no frío (procedencia no comercial) y Electrónicos
(procedencia no comercial). No se aceptarán en el punto limpio aquellos tipos de residuos con
una normativa específica o por no ser de origen particular.
2. Tramitación y consultas.
Con fecha 20 de mayo de 2019, el promotor presenta ante la Dirección General de Sostenibilidad la solicitud de evaluación de impacto ambiental simplificada junto al documento ambiental del proyecto para su sometimiento al procedimiento de evaluación de impacto ambiental.
El documento ambiental recibido inicialmente no aportaba información suficiente para la correcta evaluación ambiental del proyecto, habiéndose considerado el mismo como correcto
en cuanto a contenido tras haber dado cumplimiento el promotor al requerimiento de subsanación formulado/s por la Dirección General de Sostenibilidad con fecha 10 de julio de 2019.
Dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 75.1 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de
protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con fecha de 4 de octubre
de 2019, la Dirección General de Sostenibilidad ha realizado consultas a las Administraciones
Públicas afectadas y las personas interesadas que se relacionan en la tabla adjunta. Se han
señalado con una «X» aquellas Administraciones Públicas y personas interesadas que han
emitido respuesta.