Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental.- (2021060969)
Resolución de 5 de abril de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Consolidación de la red de distribución de aguas de la Comunidad de Regantes de la margen izquierda del pantano de Rosarito", cuyo promotor es la Comunidad de Regantes de la margen izquierda del pantano de Rosarito. Expte.: IA 20/0816.
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NÚMERO 69
Miércoles, 14 de abril de 2021



18831

— Si durante el desarrollo de los trabajos o la actividad se detectara la presencia de
alguna especie de fauna o flora silvestre incluida en el Catálogo de Especies Amenazadas de Extremadura (Decreto 37/2001, de 6 de marzo, por el que se regula el
Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura, y Decreto 78 /2018,
de 5 de junio, por el que se modifica el Decreto 37/2001, de 6 de marzo, por el que
se regula el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura), y/o en el
Catálogo Español de Especies Amenazadas (Real Decreto 130/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listados de Especies Silvestres en Régimen de Protección
Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas), se notificará al personal
técnico de la Dirección General de Sostenibilidad y al agente del Medio Natural de la
zona que darán las indicaciones oportunas.

Medidas en fase de construcción.


— La orla de vegetación de ribera no se verá afectada por ninguna operación agrícola.



— Deberá respetarse el arbolado autóctono existente.



— Los movimientos de tierras serán los mínimos imprescindibles. Previo al comienzo
de las obras se debe retirar el substrato edáfico (tierra vegetal), para su posterior
utilización en tareas de restauración y revegetación de aquellas áreas alteradas.



— Evitar el vertido incontrolado de cualquier tipo de residuos, en lugares no adecuados para ello, procurando eliminarlos debidamente. Todos los residuos y materiales
generados a resultas de la demolición y sobrantes de los elementos de riego, serán
gestionados según lo dispuesto la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos
contaminados.



— Evitar la producción de ruidos y polvo durante la fase de ejecución de las obras.
En cuanto a la generación de ruidos se estará a lo dispuesto en el Real Decreto
212/2002, de 22 de febrero, por el que se regulan las emisiones sonoras en el entorno debidas a determinadas máquinas de uso al aire libre.



— La maquinaria a utilizar deberá estar en perfectas condiciones, destinándose un lugar
adecuado para el mantenimiento y reparaciones precisas.



— Se aplanarán y arreglarán todos los efectos producidos por la maquinaria pesada,
tales como rodadas, baches, etc.



— Durante el proceso de transporte de vertidos en camiones, se procederá a la protección de sus cargas con objeto de evitar emisiones de polvo.