Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental.- (2021060967)
Resolución de 23 de marzo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de explotación porcina, cuyo promotor es Agropecuaria La Atalaya, SL, en el término municipal de Valencia de las Torres. Expte.: IA20/0111.
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NÚMERO 69
Miércoles, 14 de abril de 2021



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3.2.2. Alternativas de ubicación.



El documento ambiental plantea alternativas para la selección del emplazamiento
de la explotación ganadera:



Alternativas de emplazamiento de la explotación porcina:



— Alternativa cero (no ejecución del proyecto): Implicaría la no realización del
proyecto objeto de esta resolución. Queda descartada por el promotor ya que
el no acometer las obras de la explotación proyectada mermaría la competitividad y viabilidad de la explotación porcina que tiene actualmente el promotor.
Por otro lado, no generaría mayor riqueza económica al entorno por el trabajo
en mano de obra que lleva consigo el proyecto.



— La alternativa 1 que es objeto del proyecto consiste en la adaptación de la
explotación porcina, no cabe otro emplazamiento posible que no sea la parcela
15 del polígono 21 que es donde ya está ubicada la explotación. Además, al
tratarse de una adaptación de una explotación ya en actividad, la parcela ya
cuenta con una serie de instalaciones que no habrá que construir, tales como
fosas/balsas, estercolero, vado sanitario, etc.



— La alternativa relativa al tipo de suelo en las naves, se opta por un suelo hormigonado puesto que con una pauta de limpieza de las naves (retirada del
estiércol, limpieza y desinfección) el bienestar animal se asegura no solo a
la entrada de los animales en las naves, sino durante toda su estancia en las
instalaciones. Además, se minimiza la contaminación de suelo y acuíferos.



Por tanto, finalmente la alternativa seleccionada para la adaptación de la explotación porcina es la alternativa 1 al ser la más viable a nivel técnico, a nivel ambiental, a nivel de usos del suelo y de propiedad, sin sobre afecciones ambientales
por la ejecución de la adaptación proyectada.

3.3. Características del potencial impacto.



— Red Natura 2000 y Áreas Protegidas.
El Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas comunica que la
actividad solicitada no se encuentra incluida dentro del lugar de la Red Natura 2000 y
que los valores naturales reconocidos en el Anexo I de la Directiva de Aves 2009/147/
CE, en los hábitats y especies de los Anexos I y II de la Directiva Hábitats 92/43/
CEE, y en el Anexo I del Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura
(Decreto 37/2001) son: