Otras Resoluciones. Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios.- (2021060926)
Resolución de 26 de marzo de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Logrosán para la creación de una escuela infantil por traslado de instalaciones.
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NÚMERO 67
18227
Lunes, 12 de abril de 2021
De este modo, la iniciativa promovida por el Excmo. Ayuntamiento para la creación de una
Escuela Infantil, para impartir enseñanzas de primer ciclo de Educación Infantil, y la voluntad
de dicha entidad por satisfacer las necesidades educativas de sus ciudadanos, se encauzan
dentro de la programación general de las enseñanzas.
En consecuencia, para el cumplimiento de dichas previsiones suscriben el presente Convenio
que habrá de regirse por las siguientes
CLÁUSULAS:
Primera. Objeto.
1. El presente Convenio regula la creación de una Escuela Infantil de titularidad municipal,
denominada “La Revolandera”, autorizándole para impartir las enseñanzas del primer ciclo
de Educación Infantil. El centro se inscribirá en el Registro de centros docentes no universitarios con el código 10013665
Esta Escuela Infantil estará ubicada en la Calle Los Maestros, 2, de Logrosán (Cáceres),
autorizándose las siguientes unidades:
• 1 unidad mixta de 0-2 años: 10 puestos escolares
• 1 unidad mixta de 1-3 años: 14 puestos escolares
2. E
l centro queda obligado a solicitar la oportuna revisión cuando tenga que modificarse el
número de unidades autorizadas, suscribiéndose, a tal fin, adenda al presente convenio.
3. La Secretaría General de Educación, previo informe favorable de la inspección educativa de
acuerdo con las previsiones existentes, podrá autorizar la modificación del grupo de edad
autorizado.
4. La Escuela Infantil tendrá carácter de centro público de titularidad municipal y adecuará su
organización y funcionamiento a la normativa de aplicación vigente.
5. L
a creación del nuevo centro, al proceder de un traslado de instalaciones, supone la extinción automática del registrado con código de centro 10012843.
Segunda. Escuela Infantil.
La Escuela Infantil impartirá enseñanzas del primer ciclo de Educación Infantil conforme al
Decreto 4/2008, de 11 de enero, por el que se establece el currículo de la Educación Infantil
para la Comunidad Autónoma de Extremadura y a la Orden de 16 de mayo de 2008, por la
que se establecen determinados aspectos relativos a la ordenación e implantación de las enseñanzas de Educación Infantil.
18227
Lunes, 12 de abril de 2021
De este modo, la iniciativa promovida por el Excmo. Ayuntamiento para la creación de una
Escuela Infantil, para impartir enseñanzas de primer ciclo de Educación Infantil, y la voluntad
de dicha entidad por satisfacer las necesidades educativas de sus ciudadanos, se encauzan
dentro de la programación general de las enseñanzas.
En consecuencia, para el cumplimiento de dichas previsiones suscriben el presente Convenio
que habrá de regirse por las siguientes
CLÁUSULAS:
Primera. Objeto.
1. El presente Convenio regula la creación de una Escuela Infantil de titularidad municipal,
denominada “La Revolandera”, autorizándole para impartir las enseñanzas del primer ciclo
de Educación Infantil. El centro se inscribirá en el Registro de centros docentes no universitarios con el código 10013665
Esta Escuela Infantil estará ubicada en la Calle Los Maestros, 2, de Logrosán (Cáceres),
autorizándose las siguientes unidades:
• 1 unidad mixta de 0-2 años: 10 puestos escolares
• 1 unidad mixta de 1-3 años: 14 puestos escolares
2. E
l centro queda obligado a solicitar la oportuna revisión cuando tenga que modificarse el
número de unidades autorizadas, suscribiéndose, a tal fin, adenda al presente convenio.
3. La Secretaría General de Educación, previo informe favorable de la inspección educativa de
acuerdo con las previsiones existentes, podrá autorizar la modificación del grupo de edad
autorizado.
4. La Escuela Infantil tendrá carácter de centro público de titularidad municipal y adecuará su
organización y funcionamiento a la normativa de aplicación vigente.
5. L
a creación del nuevo centro, al proceder de un traslado de instalaciones, supone la extinción automática del registrado con código de centro 10012843.
Segunda. Escuela Infantil.
La Escuela Infantil impartirá enseñanzas del primer ciclo de Educación Infantil conforme al
Decreto 4/2008, de 11 de enero, por el que se establece el currículo de la Educación Infantil
para la Comunidad Autónoma de Extremadura y a la Orden de 16 de mayo de 2008, por la
que se establecen determinados aspectos relativos a la ordenación e implantación de las enseñanzas de Educación Infantil.