Otras Resoluciones. Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios.- (2021060926)
Resolución de 26 de marzo de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Logrosán para la creación de una escuela infantil por traslado de instalaciones.
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NÚMERO 67

18225

Lunes, 12 de abril de 2021

CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO DE
LA JUNTA DE EXTREMADURA Y EL AYUNTAMIENTO DE LOGROSAN
PARA LA CREACIÓN DE UNA ESCUELA INFANTIL POR TRASLADO DE
INSTALACIONES.
Mérida, 12 de marzo de 2021
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Sra. Doña María Esther Gutiérrez Morán, que interviene en nombre
y representación de la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura, cargo
para la que fue nombrada por Decreto del Presidente 21/2019, de 1 de julio, (DOE núm. 126,
de 2 de julio), y en virtud de las facultades que tiene conferidas por los artículos 36 y 53.3
de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
Y de otra, D. Juan Carlos Hernández Martínez, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento
de Logrosán, en virtud de lo establecido en el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
reguladora de las Bases del Régimen Local.
La celebración del presente convenio ha sido autorizada por el Pleno del Ayuntamiento de
Logrosán, con fecha de 25 de septiembre de 2020.
En el ejercicio de las facultades propias de sus cargos, ambas partes reconocen recíprocamente capacidad para obligarse en los términos del presente convenio, y a tal efecto,
EXPONEN
Primero. El Estatuto de Autonomía de Extremadura, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, en su artículo 10.1.4. atribuye a la Comunidad Autónoma de
Extremadura la competencia de desarrollo normativo y ejecución en materia de educación, en
toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades. En particular, el régimen
de organización y control de los centros educativos, del personal docente, de las materias de
interés regional, de las actividades complementarias y de las becas con fondos propios.
Mediante Real Decreto 1801/1999, de 26 de noviembre (DOE núm. 149, de 21 de diciembre),
se traspasan a la Comunidad Autónoma de Extremadura las funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de Enseñanza no Universitaria.
Segundo. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación contempla la educación
infantil como la etapa educativa con identidad propia que atiende a niñas y niños desde el
nacimiento hasta los seis años de edad, ordenándose en dos ciclos: el primero comprende
hasta los 3 años y el segundo desde los tres a los seis años de edad.