Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental.- (2021060950)
Resolución de 25 de marzo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para explotación porcina promovida por Miguel Sanabria Valencia, en el término municipal de Berlanga (Badajoz).
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NÚMERO 67
Lunes, 12 de abril de 2021

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pendiente para que los lixiviados que se produzcan se dirijan a la balsa de purines.
4. En el caso de que los vestuarios contarán con aseos, las aguas residuales generadas en
los aseos serán almacenadas en una fosa séptica estanca y serán gestionadas por gestor
de residuos.
5. Los residuos generados durante la fase de construcción deberán ser gestionados conforme
a lo establecido en el Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición, y por el Decreto 20/2011,
de 25 de febrero, por el que se establece el régimen jurídico de la producción, posesión y
gestión de los residuos de construcción y demolición en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
6. A
 l finalizar los trabajos se llevará a cabo una limpieza general de todos aquellos restos generados durante la construcción de las instalaciones y se realizará la restauración ambiental de la zona aprovechando el substrato edáfico retirado antes del comienzo de las obras.
7. Si durante la ejecución de las obras se hallasen restos u objetos con valor arqueológico,
el promotor y/o la dirección facultativa de la misma paralizarán inmediatamente los trabajos, tomarán las medidas adecuadas para la protección de los restos y comunicarán su
descubrimiento en el plazo de cuarenta y ocho horas a la Consejería de Cultura, Turismo
y Deportes.
• Medidas en la fase operativa.
1. Tratamiento y gestión del estiércol. Para el control del programa de gestión de estiércol la
explotación deberá disponer de un “Libro de Registro de Gestión de Estiércoles” que recoja
de forma detallada los volúmenes extraídos y el destino de cada partida. En el caso de que
se eliminen como abono orgánico se dispondrá, además, de un “Plan de Aplicación Agrícola” de los estiércoles, en el que conste, por años, la producción de estiércoles, su contenido
en nitrógeno, así como las parcelas donde se aplica, qué se cultiva y en qué momento se
realizan las aplicaciones. La aplicación agrícola se realizará cumpliendo las siguientes condiciones:
— La aplicación total de nitrógeno / ha año será inferior a 80 Kg en cultivos de secano y
170 Kg en regadío. Para los cálculos se tendrán en cuenta todos los aportes de nitrógeno en la finca (purines o estiércol procedente de ganado, fertilizantes con contenido en
nitrógeno, etc.).
— Se buscarán los momentos de máximas necesidades de los cultivos. No se harán en suelos con pendientes superiores al 10%, ni en suelos inundados o encharcados, ni antes
de regar, ni cuando el tiempo sea lluvioso. Se dejará sin abonar una franja de 100 m de