Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental.- (2021060950)
Resolución de 25 de marzo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para explotación porcina promovida por Miguel Sanabria Valencia, en el término municipal de Berlanga (Badajoz).
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NÚMERO 67
Lunes, 12 de abril de 2021
18308
Con fecha 3 noviembre de 2020 la Confederación Hidrográfica del Guadiana emite informe en
el que comunica que parte de las instalaciones que componen la explotación porcina, si bien
no ocuparían el DPH del Estado, constituido en este caso por el cauce arroyo de los Carriles y
un arroyo tributario del mismo, se ubican en la zona policía de dichos cauces. En este sentido
considera válido el estudio hidráulico (de inundabilidad) presentado ya que justifica técnicamente que las instalaciones se ubicarán fuera de la zona inundable, no obstante, considera
que cualquier caso, se estará a lo dispuesto en la Resolución del expediente de autorización de
edificaciones asociadas a explotación porcina en zona de policía, que actualmente se encuentra en tramitación en este Organismo de cuenca bajo la referencia OBMA 20/20. En cuanto
al consumo de agua, comunica que el promotor es titular de aprovechamiento de agua con
el número de expediente 10102/2010, para uso riego y ganadero. El volumen en tramitación
asciende a 13.685 m3/año, de los cuales 3.395 m3/año serían para uso ganadero. Seguidamente, el informe hace referencia a los vertidos al Dominio Público Hidráulico. Propone una
serie de medidas incluidas en el presente informe técnico.
• Medidas preventivas y correctoras en la fase de adaptación.
1. A
decuar las edificaciones e instalaciones auxiliares al entorno rural en el que se ubican. Se
recomienda para los exteriores colores con tonos tostados, ocre o albero. En cualquiera de
los elementos constructivos e instalaciones auxiliares no deben utilizarse tonos llamativos
o brillantes.
2. L
a explotación porcina dispondrá de un sistema impermeable para la recogida y almacenamiento de las aguas de limpieza generadas en la nave y estercolero, que evite el riesgo
de filtración y contaminación de las aguas superficiales y subterráneas. Para ello dispondrá de una fosa con capacidad suficiente para almacenar el máximo caudal producido. La
fosa se impermeabilizará mediante hormigón, además contará con un talud perimetral de
hormigón de 0,5 m para impedir desbordamientos, una cuneta perimetral que impida el
acceso de aguas de escorrentías a su interior y cerramiento perimetral. Junto a la fosa se
dispondrán pozos testigos con la finalidad de comprobar la estanqueidad de la misma, para
lo cual se habrá ejecutado una red de recogida de filtraciones canalizada a estos pozos. La
frecuencia de vaciado de la fosa será siempre antes de superar los 2/3 de su capacidad. En
el caso de detectarse productos químicos (desinfectantes), el vertido final almacenado será
entregado a un gestor de residuos autorizado por el organismo competente, y para el caso
que no haya presencia de dichos residuos, el vertido final será empleado como fertilizante
orgánico.
3. L
a explotación dispondrá de un estercolero impermeable con capacidad suficiente para
almacenar la producción de, al menos, 15 días de estiércoles sólidos. El estercolero se deberá vaciar antes de superar los 2/3 de su capacidad, momento en el que se comprobará
que se encuentra en condiciones óptimas, reparando cualquier deficiencia. Se realizará con
Lunes, 12 de abril de 2021
18308
Con fecha 3 noviembre de 2020 la Confederación Hidrográfica del Guadiana emite informe en
el que comunica que parte de las instalaciones que componen la explotación porcina, si bien
no ocuparían el DPH del Estado, constituido en este caso por el cauce arroyo de los Carriles y
un arroyo tributario del mismo, se ubican en la zona policía de dichos cauces. En este sentido
considera válido el estudio hidráulico (de inundabilidad) presentado ya que justifica técnicamente que las instalaciones se ubicarán fuera de la zona inundable, no obstante, considera
que cualquier caso, se estará a lo dispuesto en la Resolución del expediente de autorización de
edificaciones asociadas a explotación porcina en zona de policía, que actualmente se encuentra en tramitación en este Organismo de cuenca bajo la referencia OBMA 20/20. En cuanto
al consumo de agua, comunica que el promotor es titular de aprovechamiento de agua con
el número de expediente 10102/2010, para uso riego y ganadero. El volumen en tramitación
asciende a 13.685 m3/año, de los cuales 3.395 m3/año serían para uso ganadero. Seguidamente, el informe hace referencia a los vertidos al Dominio Público Hidráulico. Propone una
serie de medidas incluidas en el presente informe técnico.
• Medidas preventivas y correctoras en la fase de adaptación.
1. A
decuar las edificaciones e instalaciones auxiliares al entorno rural en el que se ubican. Se
recomienda para los exteriores colores con tonos tostados, ocre o albero. En cualquiera de
los elementos constructivos e instalaciones auxiliares no deben utilizarse tonos llamativos
o brillantes.
2. L
a explotación porcina dispondrá de un sistema impermeable para la recogida y almacenamiento de las aguas de limpieza generadas en la nave y estercolero, que evite el riesgo
de filtración y contaminación de las aguas superficiales y subterráneas. Para ello dispondrá de una fosa con capacidad suficiente para almacenar el máximo caudal producido. La
fosa se impermeabilizará mediante hormigón, además contará con un talud perimetral de
hormigón de 0,5 m para impedir desbordamientos, una cuneta perimetral que impida el
acceso de aguas de escorrentías a su interior y cerramiento perimetral. Junto a la fosa se
dispondrán pozos testigos con la finalidad de comprobar la estanqueidad de la misma, para
lo cual se habrá ejecutado una red de recogida de filtraciones canalizada a estos pozos. La
frecuencia de vaciado de la fosa será siempre antes de superar los 2/3 de su capacidad. En
el caso de detectarse productos químicos (desinfectantes), el vertido final almacenado será
entregado a un gestor de residuos autorizado por el organismo competente, y para el caso
que no haya presencia de dichos residuos, el vertido final será empleado como fertilizante
orgánico.
3. L
a explotación dispondrá de un estercolero impermeable con capacidad suficiente para
almacenar la producción de, al menos, 15 días de estiércoles sólidos. El estercolero se deberá vaciar antes de superar los 2/3 de su capacidad, momento en el que se comprobará
que se encuentra en condiciones óptimas, reparando cualquier deficiencia. Se realizará con