Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental.- (2021060908)
Resolución de 25 de marzo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Ampliación de taller de fabricación y reciclaje de palés de madera y centro de gestión de residuos", cuyo promotor es Víctor Manuel Cortés Medina, en el término municipal de Almendralejo. Expte.: IA19/1691.
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NÚMERO 67
Lunes, 12 de abril de 2021
18278
Consumo de agua.
Según la documentación aportada, “El proceso productivo desarrollado actualmente en
PALETS ALMENDRALEJO, así como el proceso productivo objeto de esta modificación,
no necesita agua para su desarrollo […]”.
No obstante lo anterior, dada la ubicación de las instalaciones propuestas dentro de
un polígono industrial, es de suponer que la parcela cuenta con conexión a la red
municipal.
Cuando el abastecimiento de agua se realiza desde la red municipal, la competencia
para el suministro es del propio Ayuntamiento, siempre y cuando disponga de los derechos de uso suficientes.
Vertidos al dominio público hidráulico.
Según la documentación, las aguas residuales producidas en la actuación serán vertidas a la red de saneamiento municipal, por tanto según lo dispuesto en el artículo 101.2
del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas (TRLA), le corresponderá al Ayuntamiento de Almendralejo
emitir la autorización de vertido a la red municipal de saneamiento, debiéndose cumplir
tanto los límites cuantitativos como cualitativos que se impongan en el correspondiente
Reglamento u Ordenanza municipal de vertidos en la red de saneamiento.
3. Análisis de expediente.
Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la
necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria previsto en la Subsección 1.ª de la Sección 2.ª del Capítulo VII del Título I,
según los criterios del anexo X, de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
3.1. Características del proyecto.
El proyecto consiste en la ampliación de una industria dedicada a las siguientes
actividades:
— Almacenamiento, clasificación y gestión de residuos no peligrosos.
— Valorización de residuos plásticos mediante el proceso de molienda.
— Fabricación, reparación y almacenamiento de palés de madera.
Lunes, 12 de abril de 2021
18278
Consumo de agua.
Según la documentación aportada, “El proceso productivo desarrollado actualmente en
PALETS ALMENDRALEJO, así como el proceso productivo objeto de esta modificación,
no necesita agua para su desarrollo […]”.
No obstante lo anterior, dada la ubicación de las instalaciones propuestas dentro de
un polígono industrial, es de suponer que la parcela cuenta con conexión a la red
municipal.
Cuando el abastecimiento de agua se realiza desde la red municipal, la competencia
para el suministro es del propio Ayuntamiento, siempre y cuando disponga de los derechos de uso suficientes.
Vertidos al dominio público hidráulico.
Según la documentación, las aguas residuales producidas en la actuación serán vertidas a la red de saneamiento municipal, por tanto según lo dispuesto en el artículo 101.2
del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas (TRLA), le corresponderá al Ayuntamiento de Almendralejo
emitir la autorización de vertido a la red municipal de saneamiento, debiéndose cumplir
tanto los límites cuantitativos como cualitativos que se impongan en el correspondiente
Reglamento u Ordenanza municipal de vertidos en la red de saneamiento.
3. Análisis de expediente.
Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la
necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria previsto en la Subsección 1.ª de la Sección 2.ª del Capítulo VII del Título I,
según los criterios del anexo X, de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
3.1. Características del proyecto.
El proyecto consiste en la ampliación de una industria dedicada a las siguientes
actividades:
— Almacenamiento, clasificación y gestión de residuos no peligrosos.
— Valorización de residuos plásticos mediante el proceso de molienda.
— Fabricación, reparación y almacenamiento de palés de madera.