Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental.- (2021060908)
Resolución de 25 de marzo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Ampliación de taller de fabricación y reciclaje de palés de madera y centro de gestión de residuos", cuyo promotor es Víctor Manuel Cortés Medina, en el término municipal de Almendralejo. Expte.: IA19/1691.
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NÚMERO 67
Lunes, 12 de abril de 2021

18285

deberá presentar anualmente, durante los primeros 15 días de cada año, a la Dirección General de Sostenibilidad la siguiente documentación:


- Informe de seguimiento y control de los impactos y la eficacia de las medidas
correctoras establecidas en el documento ambiental y en las condiciones específicas de este informe. Este informe contendrá, entre otros, capítulos específicos para el seguimiento de: ruido, residuos gestionados y producidos, generación de efluentes y control de vertidos y accidentes con efectos sobre el medio
ambiente.

Este programa de vigilancia, en lo que resulte coincidente, podrá integrarse en el que
establezca la autorización ambiental unificada.
d. Otras disposiciones.
— Se desarrollará la actividad cumpliendo todas las condiciones de garantía, seguridad y
sanitarias impuestas por las disposiciones vigentes.
— En caso de situaciones anormales de explotación que puedan afectar al medio ambiente,
se deberá:


- Comunicar la situación a la Dirección General de Sostenibilidad en el menor tiempo
posible, sin perjuicio de la correspondiente comunicación por vía ordinaria.



- Adoptar las medidas necesarias para volver a la situación normal de funcionamiento en el plazo más breve posible.

— La Dirección General de Sostenibilidad podrá adoptar de oficio nuevas medidas protectoras, correctoras y/o complementarias, al objeto de paliar posibles impactos ambientales no detectados en la fase de evaluación de impacto ambiental del proyecto.
Teniendo en cuenta todo ello, así como la no afección del proyecto a espacios de la Red Natura 2000, esta Dirección General de Sostenibilidad, a propuesta del Servicio de Prevención y
Calidad Ambiental, resuelve, de acuerdo con la evaluación de impacto ambiental simplificada
practicada conforme a lo previsto en la Subsección 2ª de la Sección 2ª del capítulo VII del título I, tras el análisis realizado con los criterios del anexo X de la Ley 16/2015, de 23 de abril,
de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que no es previsible
que el proyecto “Ampliación de taller de fabricación y reciclaje de palés de madera y centro de
gestión de residuos”, vaya a producir impactos adversos significativos sobre el medio ambiente, por lo que no se considera necesario someter el proyecto al procedimiento de evaluación
de impacto ambiental ordinaria.