Disposiciones Generales. Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Promoción Cultural. Ayudas.- (2021050045)
Orden de 29 de marzo de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la producción de largometrajes de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 67
Lunes, 12 de abril de 2021



18178

c) Que el tema de la obra audiovisual forme parte o se derive de la cultura o
del patrimonio extremeño o que trate temas actuales, culturales, sociales o
políticos de interés para la población de la Comunidad Extremeña.



d) Que el tema de la obra audiovisual se refiera a personajes o a acontecimientos históricos extremeños.



e) Que la obra audiovisual utilice el patrimonio arquitectónico, arqueológico o
natural de la Comunidad Extremeña.

Dichos extremos se motivarán mediante declaración del anexo X de forma individualizada
por cada apartado
3. Composición equilibrada entre hombres y mujeres (según lo declarado en el anexo I):
Valorándose positivamente los proyectos que tengan una composición equilibrada entre hombres y mujeres. Se entiende composición equilibrada aquella situación en que
ambos sexos estén representados dentro del equipo de producción (director/a, guionista, productor/a ejecutivo/a, director/a de fotografía, compositor/a de la música,
montador/a jefe, director/a artístico/a, jefe/a de sonido y actores/actrices principales)


• Más del 40% hasta el 50% y 50% hasta menos del 60%: 5 puntos.



• Más del 30% hasta el 40% y 60% hasta menos del 70%: 4 puntos.



• Más del 20% hasta el 30% y 70% hasta menos del 80%: 3 puntos.



• Más del 10% hasta el 20% y 80% hasta menos del 90%: 2 puntos.



• Más del 0% hasta el 10% y 90% hasta menos del 100%: 1 punto.

B. Aquellas solicitudes que no obtengan un mínimo de 25 puntos entre el segundo y tercer
apartado, serán excluidas de la convocatoria.
Artículo 12. Resolución.
1. A la vista del informe de la Comisión de Valoración, el órgano competente en materia
de promoción cultural formulará la correspondiente propuesta de resolución al titular de
la Secretaría General de la Consejería competente en materia de cultura de la Junta de
Extremadura, que dictará resolución expresa y motivada en el plazo de un mes desde la
elevación de aquélla. La propuesta del órgano instructor no podrá separarse del informe de
la Comisión de Valoración.