Disposiciones Generales. Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Promoción Cultural. Ayudas.- (2021050045)
Orden de 29 de marzo de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la producción de largometrajes de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 67
Lunes, 12 de abril de 2021
18171
• Presupuesto pormenorizado de gastos, según el modelo que figura en el anexo V.
• Declaración sobre el carácter cultural de la producción audiovisual, según el modelo que
figura en el anexo IX.
• Justificación otros criterios de valoración Anexo X.
• Trayectoria profesional del equipo creativo (director, guionista, director de fotografía,
compositor de la música, director de arte, montador, productor ejecutivo y actores protagonistas).
• Aceptación escrita del director propuesto en el proyecto.
• Contrato o contratos de coproducción, venta de derechos a televisión, distribución y
otros similares, en su caso.
• En el caso de las coproducciones, declaración responsable por el solicitante de las aportaciones de cada productor y su cuantificación, caso de que aquéllas no sean dinerarias.
• Documentación acreditativa de que el productor está en posesión de las licencias o cesiones de los derechos de explotación de los autores y certificación acreditativa de la
inscripción del guion en el Registro de la Propiedad Intelectual.
• Historial profesional de la productora, especificando otras producciones audiovisuales
realizadas.
2. Se presentarán dos ejemplares de toda la documentación en CD o en memoria USB en las
siguientes condiciones:
• Todos los ficheros deberán incorporar un índice sobre su contenido.
• Los formatos de los ficheros podrán ser PDF (legibles con el programa Adobe Acrobat),
Word de Microsoft (o compatibles con este formato) y Excel.
• Si se incluyeran ficheros con fotografías o dibujos, serán en formato JPG.
De no aportarse en este formato, se tendrá como no presentada y será requerida su
subsanación.
3. L
a documentación técnica que acompaña a la solicitud será archivada en su expediente.
Concedidas las ayudas, y una vez transcurridos los plazos para la interposición de recursos
procedentes sin que se hayan interpuesto, dicha documentación quedará a disposición de
los interesados.
Lunes, 12 de abril de 2021
18171
• Presupuesto pormenorizado de gastos, según el modelo que figura en el anexo V.
• Declaración sobre el carácter cultural de la producción audiovisual, según el modelo que
figura en el anexo IX.
• Justificación otros criterios de valoración Anexo X.
• Trayectoria profesional del equipo creativo (director, guionista, director de fotografía,
compositor de la música, director de arte, montador, productor ejecutivo y actores protagonistas).
• Aceptación escrita del director propuesto en el proyecto.
• Contrato o contratos de coproducción, venta de derechos a televisión, distribución y
otros similares, en su caso.
• En el caso de las coproducciones, declaración responsable por el solicitante de las aportaciones de cada productor y su cuantificación, caso de que aquéllas no sean dinerarias.
• Documentación acreditativa de que el productor está en posesión de las licencias o cesiones de los derechos de explotación de los autores y certificación acreditativa de la
inscripción del guion en el Registro de la Propiedad Intelectual.
• Historial profesional de la productora, especificando otras producciones audiovisuales
realizadas.
2. Se presentarán dos ejemplares de toda la documentación en CD o en memoria USB en las
siguientes condiciones:
• Todos los ficheros deberán incorporar un índice sobre su contenido.
• Los formatos de los ficheros podrán ser PDF (legibles con el programa Adobe Acrobat),
Word de Microsoft (o compatibles con este formato) y Excel.
• Si se incluyeran ficheros con fotografías o dibujos, serán en formato JPG.
De no aportarse en este formato, se tendrá como no presentada y será requerida su
subsanación.
3. L
a documentación técnica que acompaña a la solicitud será archivada en su expediente.
Concedidas las ayudas, y una vez transcurridos los plazos para la interposición de recursos
procedentes sin que se hayan interpuesto, dicha documentación quedará a disposición de
los interesados.