Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (Suplemento DOE). (2021060925)
Resolución de 26 de marzo de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza la transferencia específica de carácter plurianual a favor de la empresa pública Extremadura Avante Servicios Avanzados a PYMES, SLU, para financiar el Plan de actuaciones en materia de emprendimiento a través de la gestión y dinamización de la Red de Puntos de Acompañamiento Empresarial de Extremadura en el ámbito de la Dirección General de Empresa de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital para el periodo 2021-2023.
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NÚMERO 66
Viernes, 9 de abril de 2021
17987
Octava. Eficacia del convenio.
El presente Convenio entrará en vigor el día de su firma y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2023, sin perjuicio de lo dispuesto sobre la ejecución del proyecto, el plazo y la
forma de justificar la transferencia.
Excepto acuerdo entre las partes, la finalización de los efectos del presente Convenio no supondrá la extinción de las acciones que se estuvieran ejecutando a su amparo, debiéndose
finalizar a plena satisfacción de la Junta de Extremadura. Así mismo, cualquiera de las partes
podrá, en todo momento, formular denuncia escrita ante la otra con una antelación mínima
de tres meses a la fecha en que desee dar por finalizado el presente Convenio, sin perjuicio
de lo recogido en el párrafo anterior sobre la terminación completa de las actividades que
estén en ejecución.
Novena. Causas de resolución y efectos de la misma.
Serán causas de resolución del presente convenio:
• El vencimiento del plazo de eficacia.
• El acuerdo de las partes, formalizado por escrito.
• La imposibilidad sobrevenida del cumplimiento de las actividades descritas.
• La denuncia del Convenio instada por una de las partes ante el incumplimiento de la otra,
de acuerdo con los términos establecidos en el presente documento. En este caso, la
parte cumplidora notificará a la otra el incumplimiento, concediendo un plazo de 15 días
para subsanarlo y, en caso negativo, se dará por finalizado y extinguido el Convenio.
• Falta o insuficiencia de crédito.
En cualquier caso, su resolución anticipada no afectará a las actividades en curso que deberán
ser realizadas hasta su completa finalización.
Décima. Publicidad.
La identificación de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital deberá aparecer
en todos los soportes publicitarios de las actividades que se realicen con los fondos de esta
transferencia específica y se deberán cumplir las prescripciones sobre identificación, información y publicidad de las inversiones realizadas por la Junta de Extremadura, recogidas en la
correspondiente normativa.
Viernes, 9 de abril de 2021
17987
Octava. Eficacia del convenio.
El presente Convenio entrará en vigor el día de su firma y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2023, sin perjuicio de lo dispuesto sobre la ejecución del proyecto, el plazo y la
forma de justificar la transferencia.
Excepto acuerdo entre las partes, la finalización de los efectos del presente Convenio no supondrá la extinción de las acciones que se estuvieran ejecutando a su amparo, debiéndose
finalizar a plena satisfacción de la Junta de Extremadura. Así mismo, cualquiera de las partes
podrá, en todo momento, formular denuncia escrita ante la otra con una antelación mínima
de tres meses a la fecha en que desee dar por finalizado el presente Convenio, sin perjuicio
de lo recogido en el párrafo anterior sobre la terminación completa de las actividades que
estén en ejecución.
Novena. Causas de resolución y efectos de la misma.
Serán causas de resolución del presente convenio:
• El vencimiento del plazo de eficacia.
• El acuerdo de las partes, formalizado por escrito.
• La imposibilidad sobrevenida del cumplimiento de las actividades descritas.
• La denuncia del Convenio instada por una de las partes ante el incumplimiento de la otra,
de acuerdo con los términos establecidos en el presente documento. En este caso, la
parte cumplidora notificará a la otra el incumplimiento, concediendo un plazo de 15 días
para subsanarlo y, en caso negativo, se dará por finalizado y extinguido el Convenio.
• Falta o insuficiencia de crédito.
En cualquier caso, su resolución anticipada no afectará a las actividades en curso que deberán
ser realizadas hasta su completa finalización.
Décima. Publicidad.
La identificación de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital deberá aparecer
en todos los soportes publicitarios de las actividades que se realicen con los fondos de esta
transferencia específica y se deberán cumplir las prescripciones sobre identificación, información y publicidad de las inversiones realizadas por la Junta de Extremadura, recogidas en la
correspondiente normativa.