Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (Suplemento DOE). (2021060925)
Resolución de 26 de marzo de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza la transferencia específica de carácter plurianual a favor de la empresa pública Extremadura Avante Servicios Avanzados a PYMES, SLU, para financiar el Plan de actuaciones en materia de emprendimiento a través de la gestión y dinamización de la Red de Puntos de Acompañamiento Empresarial de Extremadura en el ámbito de la Dirección General de Empresa de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital para el periodo 2021-2023.
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NÚMERO 66
Viernes, 9 de abril de 2021
17984
No obstante, lo anterior, podrán producirse desviaciones presupuestarias, dentro de la misma
anualidad, entre las actuaciones y/o conceptos de gastos contemplados en la transferencia
específica, siempre con el límite del importe previsto en la misma para cada anualidad.
Sin perjuicio de lo anterior, se podrán celebrar adendas al presente convenio para modificar
el contenido de este.
A estos efectos, no se entiende necesaria la formalización de adenda para el supuesto contemplado en la cláusula segunda, párrafo primero, cuando las posibles variaciones no superen
los siguientes límites:
• Cuando se produzca una desviación entre actuaciones que no supere el 10% del presupuesto de cada una de ellas.
O bien,
• Si dentro de cada actuación se producen variaciones entre los diferentes conceptos que
no superen el 20 % del importe previsto para cada uno de ellos.
Todo ello, respecto del importe previsto para cada anualidad, y siempre que previamente sea
acordado por la Comisión de Seguimiento.
Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pyme, SLU, ejecutará las actuaciones mencionadas en la cláusula primera siguiendo el desglose de actividades que se adjunta en el Anexo
I para todo el periodo de vigencia e informará sobre el nivel de logro de los indicadores de
productividad incluidos, así mismo, en dicho Anexo.
La Sociedad Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes SLU, llevará una contabilidad
y facturación pormenorizada y separada para esta transferencia específica a desarrollar en
cumplimiento de lo establecido en el presente convenio.
En todo caso dispondrá de un sistema de contabilidad analítica de las actividades realizadas
(conceptos de gasto) en cumplimiento de lo establecido en el presente convenio.
Así mismo, deberán conservar los expedientes y los justificantes de gastos y pagos conforme
se establece en las instrucciones indicadas en el anexo II y III del presente Convenio, que
estarán a disposición de esta Consejería, de los órganos de fiscalización y control financiero
durante un plazo de cinco años desde la finalización de la vigencia del convenio.
Sexta. Incumplimiento y reintegro.
El incumplimiento total o parcial de la obligación de justificación por anualidad o de cualquiera
de las restantes obligaciones e instrucciones establecidas en el presente convenio, conllevará,
Viernes, 9 de abril de 2021
17984
No obstante, lo anterior, podrán producirse desviaciones presupuestarias, dentro de la misma
anualidad, entre las actuaciones y/o conceptos de gastos contemplados en la transferencia
específica, siempre con el límite del importe previsto en la misma para cada anualidad.
Sin perjuicio de lo anterior, se podrán celebrar adendas al presente convenio para modificar
el contenido de este.
A estos efectos, no se entiende necesaria la formalización de adenda para el supuesto contemplado en la cláusula segunda, párrafo primero, cuando las posibles variaciones no superen
los siguientes límites:
• Cuando se produzca una desviación entre actuaciones que no supere el 10% del presupuesto de cada una de ellas.
O bien,
• Si dentro de cada actuación se producen variaciones entre los diferentes conceptos que
no superen el 20 % del importe previsto para cada uno de ellos.
Todo ello, respecto del importe previsto para cada anualidad, y siempre que previamente sea
acordado por la Comisión de Seguimiento.
Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pyme, SLU, ejecutará las actuaciones mencionadas en la cláusula primera siguiendo el desglose de actividades que se adjunta en el Anexo
I para todo el periodo de vigencia e informará sobre el nivel de logro de los indicadores de
productividad incluidos, así mismo, en dicho Anexo.
La Sociedad Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes SLU, llevará una contabilidad
y facturación pormenorizada y separada para esta transferencia específica a desarrollar en
cumplimiento de lo establecido en el presente convenio.
En todo caso dispondrá de un sistema de contabilidad analítica de las actividades realizadas
(conceptos de gasto) en cumplimiento de lo establecido en el presente convenio.
Así mismo, deberán conservar los expedientes y los justificantes de gastos y pagos conforme
se establece en las instrucciones indicadas en el anexo II y III del presente Convenio, que
estarán a disposición de esta Consejería, de los órganos de fiscalización y control financiero
durante un plazo de cinco años desde la finalización de la vigencia del convenio.
Sexta. Incumplimiento y reintegro.
El incumplimiento total o parcial de la obligación de justificación por anualidad o de cualquiera
de las restantes obligaciones e instrucciones establecidas en el presente convenio, conllevará,