Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (Suplemento DOE). (2021060888)
Resolución de 24 de marzo de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación y Empleo, a través del Servicio Extremeño Público de Empleo y Extremadura Avante, SLU, para la utilización de espacios disponibles titularidad de Avante por Técnicos de Empleo del SEXPE.
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NÚMERO 66
Viernes, 9 de abril de 2021
17962
1. Poner a disposición del Sexpe determinados espacios disponibles para la ubicación de seis
técnicos de empleo designados por el SEXPE.
2. Intercambio de información y documentación sobre las actividades y materias que desarrollen ambas partes en los espacios utilizados.
3. Cualesquiera otras que sean necesarias y de mutuo interés dentro de las disponibilidades
de las partes.
Quinta. Financiación.
1. Del presente convenio no se derivan obligaciones económicas para ninguna de las partes.
2. Extremadura Avante SLU, asume los gastos corrientes de funcionamiento ordinario de los
locales en los que se ubiquen los seis técnicos del SEXPE, sin que ello pueda suponer un
gasto extra a repercutir al SEXPE.
Sexta. Vigencia y extinción.
1. E
l presente Convenio tendrá una vigencia de dos años desde el momento de su firma, pudiendo las partes firmantes, antes de la finalización de dicho plazo, acordar unánimemente
su prórroga por un período de hasta cuatro años adicionales o su extinción
2. El convenio se extingue por las siguientes causas:
— Transcurso del plazo de vigencia sin haberse acordado su prórroga.
— Por acuerdo unánime de los firmantes.
— los firmantes.
En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que
se consideren incumplidos. Este requerimiento será comunicado al responsable del mecanismo, seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio. Transcurrido dicho
plazo sin que se haya subsanado la causa que dio lugar a la denuncia, el Convenio quedará
resuelto de forma automática.
3. Una vez transcurrido el plazo de vigencia del Convenio, o cuando proceda cualesquiera de
las otras causas de extinción, el SEXPE deberá dejar este espacio en el mismo estado de
conservación que lo recibió. Las adaptaciones o modificaciones realizadas revertirán gratuitamente al titular del inmueble.
Viernes, 9 de abril de 2021
17962
1. Poner a disposición del Sexpe determinados espacios disponibles para la ubicación de seis
técnicos de empleo designados por el SEXPE.
2. Intercambio de información y documentación sobre las actividades y materias que desarrollen ambas partes en los espacios utilizados.
3. Cualesquiera otras que sean necesarias y de mutuo interés dentro de las disponibilidades
de las partes.
Quinta. Financiación.
1. Del presente convenio no se derivan obligaciones económicas para ninguna de las partes.
2. Extremadura Avante SLU, asume los gastos corrientes de funcionamiento ordinario de los
locales en los que se ubiquen los seis técnicos del SEXPE, sin que ello pueda suponer un
gasto extra a repercutir al SEXPE.
Sexta. Vigencia y extinción.
1. E
l presente Convenio tendrá una vigencia de dos años desde el momento de su firma, pudiendo las partes firmantes, antes de la finalización de dicho plazo, acordar unánimemente
su prórroga por un período de hasta cuatro años adicionales o su extinción
2. El convenio se extingue por las siguientes causas:
— Transcurso del plazo de vigencia sin haberse acordado su prórroga.
— Por acuerdo unánime de los firmantes.
— los firmantes.
En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que
se consideren incumplidos. Este requerimiento será comunicado al responsable del mecanismo, seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio. Transcurrido dicho
plazo sin que se haya subsanado la causa que dio lugar a la denuncia, el Convenio quedará
resuelto de forma automática.
3. Una vez transcurrido el plazo de vigencia del Convenio, o cuando proceda cualesquiera de
las otras causas de extinción, el SEXPE deberá dejar este espacio en el mismo estado de
conservación que lo recibió. Las adaptaciones o modificaciones realizadas revertirán gratuitamente al titular del inmueble.