Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (Suplemento DOE). (2021060922)
Resolución de 22 de marzo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para planta de tratamiento de alperujos de almazara, promovida por Industrias de Transformación de Aceite y Biomasa, SL, en el término municipal de Peraleda del Zaucejo.
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NÚMERO 66
Viernes, 9 de abril de 2021

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Guadiana, que deberá encontrarse vigente. El sistema de tratamiento y depuración de
aguas fecales contará con un pretratamiento de desbaste y/o tamizado, será estanco,
estará dimensionado para poder asimilar el máximo caudal de vertidos previsto y se
realizarán sobre el mismo las operaciones de mantenimiento que garanticen un adecuado funcionamiento.
1.9. Las aguas de proceso, procedentes de la limpieza de la sala de extracción y la zona de
secadero, serán recogidas y canalizadas mediante una red de tuberías de PVC hasta
una fosa estanca de 2 m3, de donde serán retiradas por un gestor autorizado de residuos.
1.10. Las aguas pluviales recogidas en las cubiertas, patios y viales de la industria, se dirigirán en primera instancia a un cubeto o depósito de retención, de al menos 144 m3,
contemplado en la autorización del Órgano de Cuenca (expediente VI-030/09-BA).
En el cubeto se recepcionarán los primeros 15 minutos de aguas pluviales, susceptibles de estar contaminadas, para posteriormente bombearlas a la balsa de almacenamiento de alperujo número 3, para ser evaporadas en el secadero de la industria,
evitando así el vertido directo al arroyo de la Marina. Tras almacenar estas primeras
aguas susceptibles de contener contaminantes, las aguas pluviales limpias podrán
verterse al arroyo de la Marina, con sujeción a las condiciones de la autorización de
vertido Órgano de Cuenca.
1.11. Sólo podrán verterse al arroyo de la Marina aguas pluviales limpias, que no cuenten
con la presencia de contaminantes, para lo que se instalará un decantador y separador de grasas debidamente dimensionado y estanco, previamente a su vertido. Se
realizarán las oportunas operaciones de mantenimiento sobre este sistema de tratamiento formado por decantador-separador de grasas para garantizar un adecuado
funcionamiento del mismo, tales como evacuación periódica de lodos decantados y
vaciado del separador de grasas.
1.12. Se dispondrá de dos arquetas de control que permitan la toma de muestras: una situada antes del vertido final de la estación depuradora de aguas fecales y sanitarias,
y otra antes de la incorporación de las aguas pluviales limpias al cauce del arroyo de
la Marina.
1.13. Las actuaciones en zona de policía de arroyo de la Marina contarán con autorización
del Órgano de Cuenca. Así mismo, deberá contarse con la concesión o autorización
de aprovechamiento de aguas, en su caso.
1.14. Con el fin de prevenir la contaminación del suelo y las aguas subterráneas, las balsas
de recepción de alperujo tendrán una solera impermeable, compuesta de una primera geomembrana textil de protección y sobre ella una lámina impermeabilizante de