Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Salud Pública. Intervención Administrativa. (Suplemento DOE). (2021060999)
Resolución de 8 de abril de 2021, del Vicepresidente Segundo y Consejero, por la que se ordena la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo de 7 de abril de 2021, del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se modifica y se prorroga el Acuerdo de 3 de marzo de 2021 por el que se adoptan medidas especiales excepcionales de intervención administrativa de carácter temporal para la contención de la transmisión por COVID-19 en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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SUPLEMENTO NÚMERO 65
Jueves 8 de abril de 2021

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en cuenta el ya citado documento de “Actuaciones de respuesta coordinada para el control
de la transmisión de Covid-19”, actualizado con fecha 26 de marzo de 2021, tras haber sido
aprobado por la Comisión de Salud Pública del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional
de Salud.
En el citado informe se indica que si bien, desde un punto de vista cuantitativo, teniendo en
cuenta los distintos parámetros de evaluación de la transmisión de la Covid-19 y de ocupación hospitalaria recogidos en los bloques I y II del antedicho documento nuestra región se
encuentra en un nivel de alerta 1, desde un punto de vista cualitativo el nivel de alerta sería
el 2, con tendencia al empeoramiento, por un riesgo de transmisión elevado al alza, según
la tendencia observada en la transmisión o la velocidad de cambio, que se encuentra en una
razón de tasas a 7 y 15 días por encima de 0,50. De esta forma se añade en el citado informe
que la incidencia acumulada a 14 días se sitúa de nuevo por encima de los 120 casos por cien
mil habitantes, lo que supone un nivel de riesgo medio.
Se observa, asimismo, un aumento de la citada incidencia acumulada en toda la Comunidad
Autónoma y en la mayor parte de las áreas de salud, con una previsión de que dichas tasas
de incidencia tiendan al alza en los próximos días.
Los indicadores del nivel de riesgo del bloque I han empeorado con respecto a semanas anteriores, es decir, ha aumentado el riesgo de presencia de casos, manteniendo la tendencia
al aumento para los próximos días. También el riesgo de rebrote se mantiene elevado en los
últimos días.
Por todo ello se acaba recomendando en el referido informe que se extremen las medidas de
control de la transmisión y se extiendan las medidas actualmente vigentes, a expensas de la
evolución de la situación epidemiológica una vez transcurrida la Semana Santa y máxime en
un período en el que es necesario mantener en niveles bajos la transmisión de la Covid-19
para facilitar el proceso de administración de vacunas, en particular, en la población mayor de
sesenta años, a expensas de la evolución de la tendencia en la transmisión de la Covid-19 en
los próximos días y semanas. No obstante, en el citado informe se aconseja, asimismo, que
en determinados espacios cerrados se mantenga la limitación de reuniones o agrupaciones a
un máximo de cuatro personas. Por ello, en los espacios cerrados de los establecimientos de
hostelería y restauración y asimilados se acuerda el establecimiento de la limitación máxima
de cuatro personas en mesas o agrupaciones de mesa, salvo que se trate de convivientes, por
el mayor riesgo potencial de transmisión de la Covid-19 en estos espacios donde la ingesta de
alimentos y bebidas es incompatible con el uso de la mascarilla.
De conformidad con lo señalado, es necesario mantener la vigencia de las medidas de intervención administrativa reforzada contenidas en el Acuerdo de 3 de marzo de 2021, en