Otras Resoluciones. Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Colegios Profesionales.- (2021060956)
Resolución de 31 de marzo de 2021, de la Vicepresidenta Primera y Consejera, por la que se acuerda la publicación de la modificación de los Estatutos del Colegio Oficial de Arquitectos de Extremadura, y su adaptación a la Ley 11/2002, de 12 de diciembre, de Colegios y de Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura, conforme con las modificaciones introducidas por la Ley 4/2020, de 18 de noviembre.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 65
Jueves, 8 de abril de 2021
17553
6. L
ibrar todos los certificados que se soliciten y proceda su expedición de acuerdo a la
normativa aplicable y a estos Estatutos.
7. O
rganizar, coordinar y dirigir las Unidades Administrativas del Colegio ejerciendo la jefatura de todo el personal.
8. L
levar un registro de colegiados con su historial en el COADE.
9. R
evisar y establecer, de forma permanente, la lista de arquitectos colegiados y habilitados, con indicación de las fechas de nacimiento, título y colegiación, así como domiciliación profesional.
10. Redactar cada año la Memoria de Gestión de la Junta de Gobierno.
En caso de enfermedad o ausencia del Secretario ejercerá sus funciones el miembro de Junta
de Gobierno que ésta designe.
Artículo 23. El Tesorero.
Corresponde al Tesorero:
1. M
aterializar la recaudación y tener a su cargo los fondos del COADE.
2. A
probar y pagar los libramientos ordenados por el Decano o la Junta de Gobierno.
3. I nformar periódicamente al Decano para conocimiento de la Junta de Gobierno, de la
ejecución del presupuesto y de la situación de tesorería.
4. F
ormalizar anualmente las cuentas del ejercicio económico vencido y la liquidación del
correspondiente presupuesto.
5. E
laborar el proyecto de Presupuesto del COADE.
6. L
levar la documentación contable que sea necesaria de acuerdo con el ordenamiento
jurídico aplicable.
7. I ngresar y retirar fondos de los establecimientos de crédito y ahorro junto con el Decano
o miembro delegado de la Junta de Gobierno.
8. T
ener a su cargo y mantener un inventario actualizado de los bienes del COADE.
9. D
irigir la contabilidad y verificar la caja del COADE.
10. Efectuar la anotación interventora de todos los documentos que reflejen movimientos
de fondos de cualquier servicio del COADE.
Jueves, 8 de abril de 2021
17553
6. L
ibrar todos los certificados que se soliciten y proceda su expedición de acuerdo a la
normativa aplicable y a estos Estatutos.
7. O
rganizar, coordinar y dirigir las Unidades Administrativas del Colegio ejerciendo la jefatura de todo el personal.
8. L
levar un registro de colegiados con su historial en el COADE.
9. R
evisar y establecer, de forma permanente, la lista de arquitectos colegiados y habilitados, con indicación de las fechas de nacimiento, título y colegiación, así como domiciliación profesional.
10. Redactar cada año la Memoria de Gestión de la Junta de Gobierno.
En caso de enfermedad o ausencia del Secretario ejercerá sus funciones el miembro de Junta
de Gobierno que ésta designe.
Artículo 23. El Tesorero.
Corresponde al Tesorero:
1. M
aterializar la recaudación y tener a su cargo los fondos del COADE.
2. A
probar y pagar los libramientos ordenados por el Decano o la Junta de Gobierno.
3. I nformar periódicamente al Decano para conocimiento de la Junta de Gobierno, de la
ejecución del presupuesto y de la situación de tesorería.
4. F
ormalizar anualmente las cuentas del ejercicio económico vencido y la liquidación del
correspondiente presupuesto.
5. E
laborar el proyecto de Presupuesto del COADE.
6. L
levar la documentación contable que sea necesaria de acuerdo con el ordenamiento
jurídico aplicable.
7. I ngresar y retirar fondos de los establecimientos de crédito y ahorro junto con el Decano
o miembro delegado de la Junta de Gobierno.
8. T
ener a su cargo y mantener un inventario actualizado de los bienes del COADE.
9. D
irigir la contabilidad y verificar la caja del COADE.
10. Efectuar la anotación interventora de todos los documentos que reflejen movimientos
de fondos de cualquier servicio del COADE.