Otras Resoluciones. Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Colegios Profesionales.- (2021060956)
Resolución de 31 de marzo de 2021, de la Vicepresidenta Primera y Consejera, por la que se acuerda la publicación de la modificación de los Estatutos del Colegio Oficial de Arquitectos de Extremadura, y su adaptación a la Ley 11/2002, de 12 de diciembre, de Colegios y de Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura, conforme con las modificaciones introducidas por la Ley 4/2020, de 18 de noviembre.
60 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 65
Jueves, 8 de abril de 2021

17547

3. L
 as Asambleas Extraordinarias se convocarán al menos con diez días de antelación con el
orden del día y la documentación correspondiente.
4. L
 a constitución y quórum de las Asambleas Extraordinarias serán los mismos que los establecidos para las ordinarias.
5. L
 a adopción de acuerdos se realizara por mayoría simple excepto en los asuntos para los
que se requiere mayoría cualificada en los términos previstos en los presentes Estatutos.
6. L
 as propuestas de los colegiados para la inclusión de asuntos en el orden del día de las
Asambleas Ordinarias, deberán ser recibidas en el COADE con treinta días de antelación.
Artículo 13. Funcionamiento.
1. L
 as asambleas generales se celebrarán el día y la hora señalados en primera, o en su caso,
media hora más tarde, en segunda convocatoria. Todos los colegiados no suspendidos en
tal derecho podrán asistir con voz y voto, bien personalmente, bien mediante representación o mediante conexión telemática.
2. L
 a mesa presidencial estará compuesta por el Decano, el Secretario y el Tesorero. El presidente será el Decano, quien, además, dirigirá el orden de las intervenciones en los debates.
3. A
 bierta la sesión por el Decano, el Secretario dará lectura al borrador del acta de la Asamblea ordinaria anterior, así como de las extraordinarias si se hubieran celebrado. Sólo podrán hacer observaciones o formular objeciones quienes hubieran intervenido en la sesión
correspondiente. Los colegiados podrán presentar por escrito textos parciales alternativos
al contenido del borrador, que habrán de recibirse en el Colegio o en la mesa con anterioridad al inicio de la sesión de la Asamblea donde se dé lectura al citado borrador. Oídas las
observaciones u objeciones formuladas y recibidos por la mesa los textos parciales alternativos, tras las aclaraciones que correspondan, se procederá a la votación.
4. S
 eguidamente se procederá a debatir los asuntos que figuren en el orden del día. La mesa
podrá modificar el orden de los asuntos por motivos justificados y designar ponente para
un asunto concreto. Puesto a discusión un asunto del orden del día, el presidente cederá la
palabra al ponente del tema, quien lo expondrá con la propuesta de acuerdo, si la hubiere.
Finalizada la exposición, el presidente abrirá un turno de aclaraciones que será contestado
facultativamente por la mesa o el mismo ponente. Considerado por el presidente al asunto
suficientemente aclarado, se solicitará de los asistentes la presentación por escrito de enmiendas, avaladas por, al menos, cinco asistentes.
Para la discusión de la propuesta de acuerdo o de cada enmienda se establecerán un
máximo tres turnos a favor y tres en contra, de cinco minutos de duración cada uno. No
consumirán turno y podrán hacer uso de la palabra con carácter preferente los miembros
de la mesa.