Otras Resoluciones. Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Salud.- (2021060944)
Resolución de 31 de marzo de 2021, de la Secretaría General, de concesión de subvenciones para la construcción y reforma de centros y servicios sanitarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2021.
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NÚMERO 65
Jueves, 8 de abril de 2021
17598
subvención en la parte no ejecutada. Procederá el reintegro total de la subvención concedida, cuando las actividades e inversiones subvencionables se ejecuten en un porcentaje
inferior al 60% de las mismas.
En el caso de que el importe de la ayuda concedida en concurrencia con otras subvenciones,
ayudas, ingresos o recursos superase el coste de la actividad subvencionada, procederá
el reintegro del exceso obtenido sobre el coste de la actividad desarrollada, así como la
exigencia del interés de demora correspondiente.
5. L
a concesión de estas subvenciones será compatible con cualesquiera otras que pudieran
ser concedidas para la misma finalidad por otras Administraciones Públicas o entidades
públicas o privadas, siempre que el importe global de las mismas no supere el coste de la
actividad subvencionable.
Las entidades beneficiarias están obligadas a declarar todas las subvenciones solicitadas o
concedidas para el mismo concepto, en cualquier momento de la vigencia del procedimiento en que se produzca.
Tercero. Publicar la concesión de la subvención en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Asimismo, publicar en el Portal Electrónico de la Transparencia y la Participación Ciudadana, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno
Abierto de Extremadura.
Cuarto. Relacionar y ordenar por puntación, en los anexos III (FEDER) y IV (Fondos CA),
aquellas entidades que, cumpliendo con las condiciones administrativas y técnicas recogidas
en la resolución de convocatoria para adquirir la condición de beneficiario, no obtienen financiación por rebasarse la cuantía máxima del crédito con el que se dota, por modalidades, la
convocatoria.
Quinto. Relacionar en el anexo V, tanto las solicitudes inadmitidas como aquellas otras en las
que procede declarar su desistimiento, motivando su causa.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrán los interesados
interponer recurso de alzada ante la Secretaria General de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales o ante el Vicepresidente Segundo y Consejero de Sanidad y Servicios Sociales,
órgano competente para resolver el mismo, en el plazo de un mes a partir del día siguiente
de su publicación, conforme a lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015,
Fondo Europeo de Desarrollo Regional
Una manera de hacer Europa
Jueves, 8 de abril de 2021
17598
subvención en la parte no ejecutada. Procederá el reintegro total de la subvención concedida, cuando las actividades e inversiones subvencionables se ejecuten en un porcentaje
inferior al 60% de las mismas.
En el caso de que el importe de la ayuda concedida en concurrencia con otras subvenciones,
ayudas, ingresos o recursos superase el coste de la actividad subvencionada, procederá
el reintegro del exceso obtenido sobre el coste de la actividad desarrollada, así como la
exigencia del interés de demora correspondiente.
5. L
a concesión de estas subvenciones será compatible con cualesquiera otras que pudieran
ser concedidas para la misma finalidad por otras Administraciones Públicas o entidades
públicas o privadas, siempre que el importe global de las mismas no supere el coste de la
actividad subvencionable.
Las entidades beneficiarias están obligadas a declarar todas las subvenciones solicitadas o
concedidas para el mismo concepto, en cualquier momento de la vigencia del procedimiento en que se produzca.
Tercero. Publicar la concesión de la subvención en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Asimismo, publicar en el Portal Electrónico de la Transparencia y la Participación Ciudadana, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno
Abierto de Extremadura.
Cuarto. Relacionar y ordenar por puntación, en los anexos III (FEDER) y IV (Fondos CA),
aquellas entidades que, cumpliendo con las condiciones administrativas y técnicas recogidas
en la resolución de convocatoria para adquirir la condición de beneficiario, no obtienen financiación por rebasarse la cuantía máxima del crédito con el que se dota, por modalidades, la
convocatoria.
Quinto. Relacionar en el anexo V, tanto las solicitudes inadmitidas como aquellas otras en las
que procede declarar su desistimiento, motivando su causa.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrán los interesados
interponer recurso de alzada ante la Secretaria General de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales o ante el Vicepresidente Segundo y Consejero de Sanidad y Servicios Sociales,
órgano competente para resolver el mismo, en el plazo de un mes a partir del día siguiente
de su publicación, conforme a lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015,
Fondo Europeo de Desarrollo Regional
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