Disposiciones Generales. Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Estructuras Orgánicas.- (2021040022)
Decreto 20/2021, de 31 de marzo, por el que se modifica el Decreto 170/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad.
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NÚMERO 64
Miércoles, 7 de abril de 2021

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Dos. Se modifica el apartado 2 del artículo 3, que queda redactado con el siguiente tenor,
permaneciendo el resto de apartados inalterados:
“2. La Dirección General de Industria, Energía y Minas, a nivel de servicios, estará integrada por los siguientes órganos administrativos:


— Servicio de Planificación Industrial, Energética y Minera.



— Servicio de Generación y Eficiencia Energética.



— Servicio de Fomento de la Transición Energética y la Calidad del Suministro.



— Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera.



— Servicio de Normalización Industrial, Energética y Minera.”

Tres. Se modifica el apartado 2 del artículo 4, que queda redactados con el siguiente tenor,
permaneciendo el resto de apartados inalterados:
“2. Para el cumplimiento de sus funciones, la Dirección General de Sostenibilidad, contará
con los siguientes órganos administrativos:


— Servicio de Prevención Ambiental.



— Servicio de Calidad Ambiental y Cambio Climático



— Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas.”

Cuatro. Se modifica el apartado 3 del artículo 5, que queda redactados con el siguiente tenor,
permaneciendo el resto de apartados inalterados:
“3. La Dirección General de Planificación e Infraestructuras Hidráulicas, a nivel de servicios, estará integrada por los siguientes órganos administrativos:


— Servicio de Infraestructuras Hidráulicas.



— Servicio de Gestión y Planificación Hidrológica.”

Disposición adicional primera. Modificación de la Relación de Puestos de Trabajo.
Mediante orden de la persona titular de la Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda
y Administración Pública se procederá a modificar las correspondientes relaciones de puestos
de trabajo de personal funcionario y de personal laboral a fin de adaptarla al contenido del
presente decreto, de acuerdo con lo dispuesto en Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura y normativa reglamentaria de desarrollo.