Otras Resoluciones. Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios.- (2021060834)
Resolución de 18 de marzo de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Excma. Diputación Provincial de Cáceres y el Servicio Extremeño Público de Empleo para el uso de espacios en los locales disponibles ubicados en el territorio de la provincia de Cáceres, para la ubicación de Técnicos de Empleo del SEXPE.
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NÚMERO 62
Lunes, 5 de abril de 2021
16658
1. P
oner a disposición del SEXPE los espacios necesarios ubicados en el territorio de la provincia para la ubicación de su personal.
2. I ntercambio de información y documentación sobre las actividades y materias que desarrollen ambas partes en los espacios utilizados.
3. C
ualesquiera otras que sean necesarias y de mutuo interés dentro de las disponibilidades
de las partes.
Quinta. Financiación.
1. Del presente Convenio no se derivan obligaciones económicas para ninguna de las partes.
2. L
a Diputación provincial de Cáceres asume los gastos corrientes de funcionamiento ordinario que pueda suponer la ubicación de los técnicos de empleo, sin que pueda repercutir
gasto alguno al SEXPE.
Sexta. Vigencia y extinción.
1. E
l presente Convenio tendrá una vigencia de dos años desde el momento de su firma, pudiendo las partes firmantes, antes de la finalización de dicho plazo, acordar unánimemente
su prórroga por un período de hasta cuatro años adicionales o su extinción.
2. E
l convenio se extingue por las siguientes causas:
— Transcurso del plazo de vigencia sin haberse acordado su prórroga.
— Por acuerdo unánime de los firmantes.
— Por el incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno
de los firmantes.
En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que
se consideren incumplidos. Este requerimiento será comunicado al responsable del mecanismo, seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio. Transcurrido dicho
plazo sin que se haya subsanado la causa que dio lugar a la denuncia, el Convenio quedará
resuelto de forma automática.
3. U
na vez transcurrido el plazo de vigencia del Convenio, o cuando proceda cualesquiera de
las otras causas de extinción, el SEXPE deberá dejar los espacios que ha ocupado en el mismo estado de conservación que los recibió. Las adaptaciones o modificaciones realizadas
revertirán gratuitamente a la Administración Provincial.
Lunes, 5 de abril de 2021
16658
1. P
oner a disposición del SEXPE los espacios necesarios ubicados en el territorio de la provincia para la ubicación de su personal.
2. I ntercambio de información y documentación sobre las actividades y materias que desarrollen ambas partes en los espacios utilizados.
3. C
ualesquiera otras que sean necesarias y de mutuo interés dentro de las disponibilidades
de las partes.
Quinta. Financiación.
1. Del presente Convenio no se derivan obligaciones económicas para ninguna de las partes.
2. L
a Diputación provincial de Cáceres asume los gastos corrientes de funcionamiento ordinario que pueda suponer la ubicación de los técnicos de empleo, sin que pueda repercutir
gasto alguno al SEXPE.
Sexta. Vigencia y extinción.
1. E
l presente Convenio tendrá una vigencia de dos años desde el momento de su firma, pudiendo las partes firmantes, antes de la finalización de dicho plazo, acordar unánimemente
su prórroga por un período de hasta cuatro años adicionales o su extinción.
2. E
l convenio se extingue por las siguientes causas:
— Transcurso del plazo de vigencia sin haberse acordado su prórroga.
— Por acuerdo unánime de los firmantes.
— Por el incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno
de los firmantes.
En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que
se consideren incumplidos. Este requerimiento será comunicado al responsable del mecanismo, seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio. Transcurrido dicho
plazo sin que se haya subsanado la causa que dio lugar a la denuncia, el Convenio quedará
resuelto de forma automática.
3. U
na vez transcurrido el plazo de vigencia del Convenio, o cuando proceda cualesquiera de
las otras causas de extinción, el SEXPE deberá dejar los espacios que ha ocupado en el mismo estado de conservación que los recibió. Las adaptaciones o modificaciones realizadas
revertirán gratuitamente a la Administración Provincial.