Otras Resoluciones. Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios.- (2021060833)
Resolución de 18 de marzo de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Excma. Diputación Provincial de Badajoz y el Servicio Extremeño Público de Empleo para el uso de espacios en los locales disponibles ubicados en el territorio de la provincia de Badajoz, para la ubicación de Técnicos de Empleo del SEXPE.
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 62
Lunes, 5 de abril de 2021
16649
7. P
or parte del personal técnico del Servicio Extremeño Público de Empleo se realizarán actuaciones de difusión y publicidad de aquellos programas de interés provincial que determine la Diputación Provincial de Badajoz.
Cuarta. Compromisos de la Diputación de Badajoz.
La Diputación Provincial de Badajoz adquiere los siguientes compromisos:
1. P
oner a disposición del Sexpe los espacios necesarios ubicados en el territorio de la provincia para la ubicación de su personal.
2. I ntercambio de información y documentación sobre las actividades y materias que desarrollen ambas partes en los espacios utilizados.
3. C
ualesquiera otras que sean necesarias y de mutuo interés dentro de las disponibilidades
de las partes.
Quinta. Financiación.
1. Del presente Convenio no se derivan obligaciones económicas para ninguna de las partes.
2. L
a Diputación provincial de Badajoz asume los gastos corrientes de funcionamiento ordinario que pueda suponer la ubicación de los técnicos de empleo, sin que puedan repercutir
gasto alguno al SEXPE.
Sexta. Vigencia y extinción.
1. El presente Convenio tendrá una vigencia de dos años desde el momento de su firma, pudiendo las partes firmantes, antes de la finalización de dicho plazo, acordar unánimemente
su prórroga por un período de hasta cuatro años adicionales o su extinción.
2. E
l convenio se extingue por las siguientes causas:
— Transcurso del plazo de vigencia sin haberse acordado su prórroga.
— Por acuerdo unánime de los firmantes.
— Por el incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno
de los firmantes.
En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que
se consideren incumplidos. Este requerimiento será comunicado al responsable del meca-
Lunes, 5 de abril de 2021
16649
7. P
or parte del personal técnico del Servicio Extremeño Público de Empleo se realizarán actuaciones de difusión y publicidad de aquellos programas de interés provincial que determine la Diputación Provincial de Badajoz.
Cuarta. Compromisos de la Diputación de Badajoz.
La Diputación Provincial de Badajoz adquiere los siguientes compromisos:
1. P
oner a disposición del Sexpe los espacios necesarios ubicados en el territorio de la provincia para la ubicación de su personal.
2. I ntercambio de información y documentación sobre las actividades y materias que desarrollen ambas partes en los espacios utilizados.
3. C
ualesquiera otras que sean necesarias y de mutuo interés dentro de las disponibilidades
de las partes.
Quinta. Financiación.
1. Del presente Convenio no se derivan obligaciones económicas para ninguna de las partes.
2. L
a Diputación provincial de Badajoz asume los gastos corrientes de funcionamiento ordinario que pueda suponer la ubicación de los técnicos de empleo, sin que puedan repercutir
gasto alguno al SEXPE.
Sexta. Vigencia y extinción.
1. El presente Convenio tendrá una vigencia de dos años desde el momento de su firma, pudiendo las partes firmantes, antes de la finalización de dicho plazo, acordar unánimemente
su prórroga por un período de hasta cuatro años adicionales o su extinción.
2. E
l convenio se extingue por las siguientes causas:
— Transcurso del plazo de vigencia sin haberse acordado su prórroga.
— Por acuerdo unánime de los firmantes.
— Por el incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno
de los firmantes.
En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que
se consideren incumplidos. Este requerimiento será comunicado al responsable del meca-