Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental.- (2021060859)
Resolución de 18 de marzo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de la planta solar fotovoltaica "Jerez 2020" de 11,98 MWp, a realizar en el término municipal de Jerez de los Caballeros (Badajoz). Expte.: IA20/603.
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NÚMERO 62
Lunes, 5 de abril de 2021



16742

— En el caso de producirse cruzamiento alguno con vías pecuarias, el promotor deberá
pedir autorización a la Secretaría General de Población y Desarrollo Rural.

B. Medidas a considerar en la fase de construcción:


— Se limitarán los trabajos en la planta de forma que se realicen preferentemente,
durante el horario diurno de forma que se eviten molestias y minimice la posible
afección por ruidos.



— El ruido producido por el funcionamiento de la maquinaria será minimizado con un
mantenimiento regular de la misma, ya que así se eliminan los ruidos procedentes
de elementos desajustados que trabajan con altos niveles de vibración.



— Se mantendrá la maquinaria en correcta puesta a punto en cuanto a los procesos
generadores de gases y humos.



— No se permitirá el funcionamiento de ninguna fuente sonora cuyo nivel de recepción
externa sobrepase, al límite de parcela, los niveles máximos permitidos en la legislación vigente.



— Para el control de los derrames, todas las zonas destinadas al almacenamiento de
residuos, deberán disponer de algún sistema de recogida o contención de fugas.



— Se habilitará una zona en el interior de los límites de las parcelas afectadas para el
mantenimiento de vehículos. No se realizarán tareas de mantenimiento de la maquinaria o los vehículos en áreas distintas a las destinadas para ello. Estas zonas se
ubicarán fuera del Dominio Público Hidráulico.



— Con objeto de preservar la adecuada gestión y seguimiento de los residuos retirados,
el promotor tendrá a disposición los documentos que acrediten la correcta gestión de
los mismos a los diferentes gestores autorizados.



— Los residuos producidos se gestionarán por gestor autorizado conforme a la Ley
22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados. Deberán habilitarse las
correspondientes áreas de almacenamiento de los residuos en función de su tipología, clasificación y compatibilidad.



— Al finalizar las obras se pondrá especial atención en la retirada de cualquier material
no biodegradable o contaminante que se produzca a la hora de realizar los trabajos
(embalajes, plásticos, metales, etc.). Estos residuos deberán almacenarse de forma
separada y gestionarse por gestor autorizado.