Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Parque Nacional De Monfragüe.- (2021060894)
Resolución de 18 de marzo de 2021, de la Consejera, por la que se aprueba el Programa de acción selectiva de ungulados en el Parque Nacional de Monfragüe.
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NÚMERO 62
Lunes, 5 de abril de 2021
16780
3. SEGUIMIENTO DEL PROGRAMA.
Dada la situación de la tuberculosis en el Parque, el control de poblaciones de ungulados en
el Parque Nacional de Monfragüe será evaluado con carácter trimestral, a través de los denominados informes de seguimiento de control poblacional.
De tal forma que en la primera quincena del mes siguiente en el que finalice cada uno de los
trimestres a evaluar, por parte de la Dirección del Parque Nacional de Monfragüe, se emitirá
un informe en el que se detallen las labores llevadas a cabo para controlar las poblaciones de
ungulados distinguiendo por periodo y acumuladas; así como los resultados obtenidos.
Estos informes, incluirán, además, entre otros aspectos que se estimen oportunos, un apartado de conclusiones en el que se indique si la senda de cara al cumplimiento de los objetivos establecidos en el Programa de Acción selectiva en curso se va cumpliendo; o si, por el
contrario, se aprecian desviaciones, caso este último en el que deberán proponerse medidas
para corregirlas. Estos informes, serán remitidos a la Dirección General con competencias en
Conservación de la Naturaleza, y a la Presidencia del Patronato de Monfragüe.
Anualmente se procederá a recopilar todos los datos recogidos en las fichas de los controles
(Anexo I), redactándose un informe final donde se expondrá un análisis de los resultados de
la aplicación del Programa.
Lunes, 5 de abril de 2021
16780
3. SEGUIMIENTO DEL PROGRAMA.
Dada la situación de la tuberculosis en el Parque, el control de poblaciones de ungulados en
el Parque Nacional de Monfragüe será evaluado con carácter trimestral, a través de los denominados informes de seguimiento de control poblacional.
De tal forma que en la primera quincena del mes siguiente en el que finalice cada uno de los
trimestres a evaluar, por parte de la Dirección del Parque Nacional de Monfragüe, se emitirá
un informe en el que se detallen las labores llevadas a cabo para controlar las poblaciones de
ungulados distinguiendo por periodo y acumuladas; así como los resultados obtenidos.
Estos informes, incluirán, además, entre otros aspectos que se estimen oportunos, un apartado de conclusiones en el que se indique si la senda de cara al cumplimiento de los objetivos establecidos en el Programa de Acción selectiva en curso se va cumpliendo; o si, por el
contrario, se aprecian desviaciones, caso este último en el que deberán proponerse medidas
para corregirlas. Estos informes, serán remitidos a la Dirección General con competencias en
Conservación de la Naturaleza, y a la Presidencia del Patronato de Monfragüe.
Anualmente se procederá a recopilar todos los datos recogidos en las fichas de los controles
(Anexo I), redactándose un informe final donde se expondrá un análisis de los resultados de
la aplicación del Programa.