Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental.- (2021060837)
Resolución de 11 de marzo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para explotación avícola de cebo de pollos promovida por Manuel Garrido Martín, en el término municipal de Carcaboso (Cáceres).
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NÚMERO 60
Martes, 30 de marzo de 2021
16397
Dichas modificaciones no podrán llevarse a cabo hasta que éste no se pronuncie sobre el
carácter de la modificación, al objeto de determinar si procede o no someter nuevamente
el proyecto al trámite ambiental oportuno.
4. No se realizará ningún tipo de obra auxiliar sin contar con su correspondiente informe,
según la legislación vigente.
5.
Deberá tenerse en cuenta la normativa en materia de incendios forestales, Decreto
260/2014, de 2 de diciembre, por el que se regula la Prevención de los incendios forestales en la Comunidad Autónoma de Extremadura y modificaciones posteriores, así como el
Decreto 52/2010, de 5 de marzo, por el que se aprueba el plan de lucha contra incendios
forestales de la Comunidad Autónoma de Extremadura (Plan Infoex), y modificaciones
posteriores.
6. Cualquier actuación que se realice en el DPH requiere autorización administrativa previa.
De acuerdo con el artículo 126 del Reglamento del DPH, la tramitación de expedientes de
autorización de obras dentro, o sobre, el DPH se realizará según el procedimiento normal
regulado en los artículos 53 y 54, con las salvedades y precisiones que en aquel se indican.
7. S
i durante el desarrollo de los trabajos o la actividad se detectara la presencia de alguna
especie de fauna o flora silvestre incluida en el Catálogo de Especies Amenazadas de Extremadura (Decreto 37/2001, de 6 de marzo, por el que se regula el Catálogo Regional de
Especies Amenazadas de Extremadura, y Decreto 78 /2018, de 5 de junio, por el que se
modifica el Decreto 37/2001, de 6 de marzo, por el que se regula el Catálogo Regional de
Especies Amenazadas de Extremadura), y/o en el Catálogo Español de Especies Amenazadas (Real Decreto 130/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listados de Especies
Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas), se notificará al personal técnico de la Dirección General de Sostenibilidad y al agente
del Medio Natural de la zona que darán las indicaciones oportunas.
8. Respecto a la ubicación y construcción, se atendrá a lo establecido en la Normativa Urbanística y en la autorización ambiental unificada, correspondiendo al Ayuntamiento de
Carcaboso y a la Dirección General de Sostenibilidad las competencias en estas materias.
9. Se deberá informar del contenido de esta declaración de impacto ambiental a todos los
operarios que vayan a realizar las diferentes actividades. Asimismo, se dispondrá de una
copia de la presente resolución en el lugar donde se desarrollen los trabajos.
10. Tal y como se establece en la disposición adicional séptima de la Ley 16/2015, en el caso
de proyectos sometidos a evaluación de impacto ambiental ordinaria, deberá procederse
por parte del promotor, a la designación de un coordinador ambiental, que ejercerá las
Martes, 30 de marzo de 2021
16397
Dichas modificaciones no podrán llevarse a cabo hasta que éste no se pronuncie sobre el
carácter de la modificación, al objeto de determinar si procede o no someter nuevamente
el proyecto al trámite ambiental oportuno.
4. No se realizará ningún tipo de obra auxiliar sin contar con su correspondiente informe,
según la legislación vigente.
5.
Deberá tenerse en cuenta la normativa en materia de incendios forestales, Decreto
260/2014, de 2 de diciembre, por el que se regula la Prevención de los incendios forestales en la Comunidad Autónoma de Extremadura y modificaciones posteriores, así como el
Decreto 52/2010, de 5 de marzo, por el que se aprueba el plan de lucha contra incendios
forestales de la Comunidad Autónoma de Extremadura (Plan Infoex), y modificaciones
posteriores.
6. Cualquier actuación que se realice en el DPH requiere autorización administrativa previa.
De acuerdo con el artículo 126 del Reglamento del DPH, la tramitación de expedientes de
autorización de obras dentro, o sobre, el DPH se realizará según el procedimiento normal
regulado en los artículos 53 y 54, con las salvedades y precisiones que en aquel se indican.
7. S
i durante el desarrollo de los trabajos o la actividad se detectara la presencia de alguna
especie de fauna o flora silvestre incluida en el Catálogo de Especies Amenazadas de Extremadura (Decreto 37/2001, de 6 de marzo, por el que se regula el Catálogo Regional de
Especies Amenazadas de Extremadura, y Decreto 78 /2018, de 5 de junio, por el que se
modifica el Decreto 37/2001, de 6 de marzo, por el que se regula el Catálogo Regional de
Especies Amenazadas de Extremadura), y/o en el Catálogo Español de Especies Amenazadas (Real Decreto 130/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listados de Especies
Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas), se notificará al personal técnico de la Dirección General de Sostenibilidad y al agente
del Medio Natural de la zona que darán las indicaciones oportunas.
8. Respecto a la ubicación y construcción, se atendrá a lo establecido en la Normativa Urbanística y en la autorización ambiental unificada, correspondiendo al Ayuntamiento de
Carcaboso y a la Dirección General de Sostenibilidad las competencias en estas materias.
9. Se deberá informar del contenido de esta declaración de impacto ambiental a todos los
operarios que vayan a realizar las diferentes actividades. Asimismo, se dispondrá de una
copia de la presente resolución en el lugar donde se desarrollen los trabajos.
10. Tal y como se establece en la disposición adicional séptima de la Ley 16/2015, en el caso
de proyectos sometidos a evaluación de impacto ambiental ordinaria, deberá procederse
por parte del promotor, a la designación de un coordinador ambiental, que ejercerá las