Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental.- (2021060837)
Resolución de 11 de marzo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para explotación avícola de cebo de pollos promovida por Manuel Garrido Martín, en el término municipal de Carcaboso (Cáceres).
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NÚMERO 60
Martes, 30 de marzo de 2021
16388
— En cuanto a las aguas residuales generadas, en el estudio de impacto ambiental
aportado se indica que […] los vertidos que se generan en el interior de la nave son
los procedentes del agua de limpieza y sanitarias, los cuales se dejan secar tras la
limpieza al finalizar la campaña de engorde, por lo que no se genera ningún vertido
de agua que pudiera afectar a cauces cercanos. […] . Asimismo, se informa de que
[…] la existencia de estercolero impermeable, con capacidad para la recogida de las
deyecciones sólidas que se produzcan en la explotación evitará la contaminación de
las aguas superficiales y las capas freáticas subterráneas. […] .
— En relación con la situación administrativa del vertido, y consultada la información
que obra en este Área de Calidad de las Aguas, se informa lo siguiente en las materias de competencia del área, y en particular, en lo referente a la gestión de las
aguas residuales generadas en la actividad dispone de autorización de vertido para
las aguas residuales procedentes de los aseos de una nave avícola, al terreno, en
el término municipal de Carcaboso (Cáceres), otorgada con fecha 21 de octubre de
2010, aprobándose con fecha 16 de enero de 2012 el Acta de Reconocimiento Final
de las obras e instalaciones autorizadas (ref. expdte. 363.301/10 – AV-0124/2010).
— En caso de que modifique alguna de las condiciones establecidas en autorización de
vertido vigente (nuevos flujos, variación de volumen, etc.), de acuerdo con los artículos 261 y 246 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, el interesado deberá
solicitar la oportuna revisión de la misma, debiendo disponer en todo caso de un
sistema de tratamiento adecuado que garantice el cumplimiento de las normas de
calidad establecidas para el medio receptor.
— En el caso de que las aguas residuales se almacenen en un depósito estanco, y sin
salida al exterior para su posterior retirada por gestor autorizado, no se estaría produciendo un vertido al dominio público hidráulico y, por tanto, no sería necesario el
otorgamiento por parte de este organismo de la autorización de vertido mencionada
anteriormente.
— La gestión y aplicación al terreno de residuos ganaderos deberá ser autorizado por el
órgano autonómico competente.
— Deberán aplicarse las mejores técnicas disponibles (MTD) recogidas en la Decisión
(UE) 2017/302 de la Comisión, de 15 de febrero de 2017, por la que se establecen
las conclusiones sobre las mejores técnicas disponibles (MTD) conforme a la Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, respecto a la cría de aves de
corral o de cerdos.
Martes, 30 de marzo de 2021
16388
— En cuanto a las aguas residuales generadas, en el estudio de impacto ambiental
aportado se indica que […] los vertidos que se generan en el interior de la nave son
los procedentes del agua de limpieza y sanitarias, los cuales se dejan secar tras la
limpieza al finalizar la campaña de engorde, por lo que no se genera ningún vertido
de agua que pudiera afectar a cauces cercanos. […] . Asimismo, se informa de que
[…] la existencia de estercolero impermeable, con capacidad para la recogida de las
deyecciones sólidas que se produzcan en la explotación evitará la contaminación de
las aguas superficiales y las capas freáticas subterráneas. […] .
— En relación con la situación administrativa del vertido, y consultada la información
que obra en este Área de Calidad de las Aguas, se informa lo siguiente en las materias de competencia del área, y en particular, en lo referente a la gestión de las
aguas residuales generadas en la actividad dispone de autorización de vertido para
las aguas residuales procedentes de los aseos de una nave avícola, al terreno, en
el término municipal de Carcaboso (Cáceres), otorgada con fecha 21 de octubre de
2010, aprobándose con fecha 16 de enero de 2012 el Acta de Reconocimiento Final
de las obras e instalaciones autorizadas (ref. expdte. 363.301/10 – AV-0124/2010).
— En caso de que modifique alguna de las condiciones establecidas en autorización de
vertido vigente (nuevos flujos, variación de volumen, etc.), de acuerdo con los artículos 261 y 246 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, el interesado deberá
solicitar la oportuna revisión de la misma, debiendo disponer en todo caso de un
sistema de tratamiento adecuado que garantice el cumplimiento de las normas de
calidad establecidas para el medio receptor.
— En el caso de que las aguas residuales se almacenen en un depósito estanco, y sin
salida al exterior para su posterior retirada por gestor autorizado, no se estaría produciendo un vertido al dominio público hidráulico y, por tanto, no sería necesario el
otorgamiento por parte de este organismo de la autorización de vertido mencionada
anteriormente.
— La gestión y aplicación al terreno de residuos ganaderos deberá ser autorizado por el
órgano autonómico competente.
— Deberán aplicarse las mejores técnicas disponibles (MTD) recogidas en la Decisión
(UE) 2017/302 de la Comisión, de 15 de febrero de 2017, por la que se establecen
las conclusiones sobre las mejores técnicas disponibles (MTD) conforme a la Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, respecto a la cría de aves de
corral o de cerdos.