Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental.- (2021060837)
Resolución de 11 de marzo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para explotación avícola de cebo de pollos promovida por Manuel Garrido Martín, en el término municipal de Carcaboso (Cáceres).
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NÚMERO 60
Martes, 30 de marzo de 2021
16370
RESOLUCIÓN de 11 de marzo de 2021, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para
explotación avícola de cebo de pollos promovida por Manuel Garrido Martín,
en el término municipal de Carcaboso (Cáceres). (2021060837)
ANTECEDENTES DE HECHO:
Primero. Con fecha 30 de julio de 2018 tiene entrada en el Registro Único de la Junta de
Extremadura, la solicitud de Autorización Ambiental Unificada (AAU) para la ampliación de
una explotación avícola de cebo de pollos ubicada en el término municipal de Carcaboso
(Cáceres) y promovida por Manuel Garrido Martín, con domicilio social en Urbanización La
Mina, n.º 9, C.P. 10670 de Carcaboso (Cáceres) y NIF: ****6843**.
Segundo. El proyecto consiste en la ampliación de una explotación avícola de cebo de pollos
en régimen de explotación intensivo con capacidad para 83.000 pollos por ciclo. Esta actividad está incluida en el ámbito de aplicación de la Ley 16/2015 de 23 de abril, de protección
ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En particular en la categoría 1.1 del
anexo II.
La actividad se llevará a cabo en el término municipal de Carcaboso (Cáceres), y más concretamente en el polígono 1, parcelas 6, 7, 10005 y 20005, con una superficie total de 7,07 Has.
Las características esenciales del proyecto se describen en la presente resolución.
Tercero. Con fecha 4 de noviembre de 2019, el órgano ambiental publica anuncio en su sede
electrónica, poniendo a disposición del público, durante un plazo de 10 días, la información
relativa al procedimiento de solicitud de autorización ambiental unificada, de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 16.5 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de
la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Cuarto. Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 16/2015 de 23 de
abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con fecha 16 de
octubre de 2019, se remite copia del expediente al Ayuntamiento de Carcaboso, a fin de que
por parte de éste se promoviese la participación real y efectiva de las personas interesadas,
en todo caso, de los vecinos inmediatos, en el procedimiento de otorgamiento de la autorización ambiental unificada. Del mismo modo, se le indicaba que disponía de un plazo de 20 días
desde la recepción del expediente, para remitir un informe técnico que se pronuncie sobre la
adecuación de la instalación a todas aquellas materias de competencia municipal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las
Bases de Régimen Local.
Con fecha 19 de marzo de 2020 el técnico municipal de Carcaboso emite informe en el que
concluye que “Se emite informe técnico favorable...”
Martes, 30 de marzo de 2021
16370
RESOLUCIÓN de 11 de marzo de 2021, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para
explotación avícola de cebo de pollos promovida por Manuel Garrido Martín,
en el término municipal de Carcaboso (Cáceres). (2021060837)
ANTECEDENTES DE HECHO:
Primero. Con fecha 30 de julio de 2018 tiene entrada en el Registro Único de la Junta de
Extremadura, la solicitud de Autorización Ambiental Unificada (AAU) para la ampliación de
una explotación avícola de cebo de pollos ubicada en el término municipal de Carcaboso
(Cáceres) y promovida por Manuel Garrido Martín, con domicilio social en Urbanización La
Mina, n.º 9, C.P. 10670 de Carcaboso (Cáceres) y NIF: ****6843**.
Segundo. El proyecto consiste en la ampliación de una explotación avícola de cebo de pollos
en régimen de explotación intensivo con capacidad para 83.000 pollos por ciclo. Esta actividad está incluida en el ámbito de aplicación de la Ley 16/2015 de 23 de abril, de protección
ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En particular en la categoría 1.1 del
anexo II.
La actividad se llevará a cabo en el término municipal de Carcaboso (Cáceres), y más concretamente en el polígono 1, parcelas 6, 7, 10005 y 20005, con una superficie total de 7,07 Has.
Las características esenciales del proyecto se describen en la presente resolución.
Tercero. Con fecha 4 de noviembre de 2019, el órgano ambiental publica anuncio en su sede
electrónica, poniendo a disposición del público, durante un plazo de 10 días, la información
relativa al procedimiento de solicitud de autorización ambiental unificada, de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 16.5 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de
la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Cuarto. Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 16/2015 de 23 de
abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con fecha 16 de
octubre de 2019, se remite copia del expediente al Ayuntamiento de Carcaboso, a fin de que
por parte de éste se promoviese la participación real y efectiva de las personas interesadas,
en todo caso, de los vecinos inmediatos, en el procedimiento de otorgamiento de la autorización ambiental unificada. Del mismo modo, se le indicaba que disponía de un plazo de 20 días
desde la recepción del expediente, para remitir un informe técnico que se pronuncie sobre la
adecuación de la instalación a todas aquellas materias de competencia municipal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las
Bases de Régimen Local.
Con fecha 19 de marzo de 2020 el técnico municipal de Carcaboso emite informe en el que
concluye que “Se emite informe técnico favorable...”