Disposiciones Generales. Presidencia De La Junta. Entidades Locales.- (2021040018)
Decreto 15/2021, de 24 de marzo, por el que se regula el procedimiento de emisión del informe de inexistencia de duplicidad para el ejercicio de competencias distintas de las propias y de las atribuidas por delegación por las entidades locales de Extremadura.
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NÚMERO 60

16288

Martes, 30 de marzo de 2021

Disposición transitoria única. Régimen sobre los procedimientos iniciados.
Los procedimientos sobre la solicitud del informe de inexistencia de duplicidades que en el
momento de la entrada en vigor del mismo estén ya iniciados, se tramitarán según lo dispuesto en el mismo.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Queda derogado el Decreto 265/2014, de 9 de diciembre, por el que se regula el procedimiento de emisión de los informes de inexistencia de duplicidades para el ejercicio de competencias distintas de las propias y de las delegadas por las entidades locales de Extremadura.
Disposición final primera. Habilitación normativa.
Se habilita al titular de la Consejería competente en administración local para dictar cuantas
disposiciones resulten necesarias en desarrollo y ejecución de lo previsto en la presente norma.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
El presente decreto entrara en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial
de Extremadura.
Mérida, 24 de marzo de 2021.
El Presidente de la Junta de
Extremadura
GUILLERMO FERNÁNDEZ VARA

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