Otras Resoluciones. Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios.- (2021060814)
Resolución de 16 de marzo de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Tesorería General de la Seguridad Social, el Instituto Social de la Marina y el Instituto de Estadística de Extremadura, en materia de estadística.
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NÚMERO 59
Lunes, 29 de marzo de 2021
16200
sobre inscripción de empresas y afiliación, altas y bajas y variaciones de datos de los trabajadores en la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 84/1996, de 26 de enero. A tales
efectos, en virtud de lo establecido en el artículo 52.2 Apdo.1.b) del citado Reglamento, corresponde a la TGSS el mantenimiento de un Registro de trabajadores con la correspondiente
identificación de cada régimen del Sistema de Seguridad Social, así como los beneficiarios y
demás personas sujetas a la obligación de cotizar. Dicho registro está integrado en el Fichero
General de Afiliación cuya titularidad ostenta este Servicio Común de la Seguridad Social.
Asimismo, el citado Real Decreto 1314/1984, de 20 de junio, también atribuye a la TGSS en
su artículo 1.1 b) las competencias en materia de gestión y control de la cotización y de la recaudación de las cuotas y demás recursos de financiación del sistema de la Seguridad Social.
El Real Decreto 504/2011, de 8 de abril, de estructura orgánica y funciones del Instituto Social de la Marina (en adelante ISM), atribuye en su artículo 3.1 a) al citado Instituto la gestión,
administración y reconocimiento del derecho a las prestaciones del Régimen Especial de la
Seguridad Social de los Trabajadores del Mar, así como la inscripción de empresas, altas y bajas de los trabajadores acogidos a dicho Régimen Especial. Del mismo modo la Ley 47/2015,
de 21 de octubre, reguladora de la protección social de las personas trabajadoras en el sector
marítimo-pesquero, en su artículo 42 otorga al ISM una doble dimensión de competencias:
como organismo encargado de la atención social del sector marítimo-pesquero y como entidad gestora del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar. Además,
en el artículo 43, señala que el ISM actuará como entidad colaboradora de la TGSS en la gestión de la cotización y recaudación en período voluntario.
El Decreto del Presidente de la Comunidad Autónoma de Extremadura número 16/2019, de 1
de julio, por el que se modifica la denominación, el número y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, atribuye
en su artículo 2, la competencia en materia de estadística a la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital.
Que la Ley 4/2003, de 20 de marzo, de Estadística de la Comunidad Autónoma de Extremadura, establece en su artículo 23 que el Instituto de Estadística de Extremadura es el órgano
responsable de la actividad estadística de interés para Extremadura. Por otra parte, el Decreto
165/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital (DOE n.º 214), determina en su artículo 1 que
el IEEX, creado por la Ley 3/2009, de 22 de junio, se adscribe a la mencionada Consejería,
siendo el órgano competente en materia estadística, correspondiéndole por tanto el ejercicio
de las funciones que le atribuye la Ley 3/2009, de 22 de junio, de creación del Instituto de
Estadística de Extremadura, y siendo la responsable de realizar la propuesta de fórmulas de
colaboración con otras Administraciones Públicas bajo la supervisión de la Consejería compe-
Lunes, 29 de marzo de 2021
16200
sobre inscripción de empresas y afiliación, altas y bajas y variaciones de datos de los trabajadores en la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 84/1996, de 26 de enero. A tales
efectos, en virtud de lo establecido en el artículo 52.2 Apdo.1.b) del citado Reglamento, corresponde a la TGSS el mantenimiento de un Registro de trabajadores con la correspondiente
identificación de cada régimen del Sistema de Seguridad Social, así como los beneficiarios y
demás personas sujetas a la obligación de cotizar. Dicho registro está integrado en el Fichero
General de Afiliación cuya titularidad ostenta este Servicio Común de la Seguridad Social.
Asimismo, el citado Real Decreto 1314/1984, de 20 de junio, también atribuye a la TGSS en
su artículo 1.1 b) las competencias en materia de gestión y control de la cotización y de la recaudación de las cuotas y demás recursos de financiación del sistema de la Seguridad Social.
El Real Decreto 504/2011, de 8 de abril, de estructura orgánica y funciones del Instituto Social de la Marina (en adelante ISM), atribuye en su artículo 3.1 a) al citado Instituto la gestión,
administración y reconocimiento del derecho a las prestaciones del Régimen Especial de la
Seguridad Social de los Trabajadores del Mar, así como la inscripción de empresas, altas y bajas de los trabajadores acogidos a dicho Régimen Especial. Del mismo modo la Ley 47/2015,
de 21 de octubre, reguladora de la protección social de las personas trabajadoras en el sector
marítimo-pesquero, en su artículo 42 otorga al ISM una doble dimensión de competencias:
como organismo encargado de la atención social del sector marítimo-pesquero y como entidad gestora del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar. Además,
en el artículo 43, señala que el ISM actuará como entidad colaboradora de la TGSS en la gestión de la cotización y recaudación en período voluntario.
El Decreto del Presidente de la Comunidad Autónoma de Extremadura número 16/2019, de 1
de julio, por el que se modifica la denominación, el número y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, atribuye
en su artículo 2, la competencia en materia de estadística a la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital.
Que la Ley 4/2003, de 20 de marzo, de Estadística de la Comunidad Autónoma de Extremadura, establece en su artículo 23 que el Instituto de Estadística de Extremadura es el órgano
responsable de la actividad estadística de interés para Extremadura. Por otra parte, el Decreto
165/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital (DOE n.º 214), determina en su artículo 1 que
el IEEX, creado por la Ley 3/2009, de 22 de junio, se adscribe a la mencionada Consejería,
siendo el órgano competente en materia estadística, correspondiéndole por tanto el ejercicio
de las funciones que le atribuye la Ley 3/2009, de 22 de junio, de creación del Instituto de
Estadística de Extremadura, y siendo la responsable de realizar la propuesta de fórmulas de
colaboración con otras Administraciones Públicas bajo la supervisión de la Consejería compe-