Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental.- (2021060815)
Resolución de 15 de marzo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto instalación solar fotovoltaica "Talayuela II" de 49 MW, en el término municipal de Talayuela. Expte.: IA 20/0160.
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NÚMERO 57
Jueves, 25 de marzo de 2021
15934
• Todas las actividades aquí contempladas se ajustarán a lo establecido al respecto en el
Título III de la Ley 2/99 de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, en el Decreto
93/97 Regulador de la Actividad Arqueológica en Extremadura, así como a la Ley 3/2011,
de 17 de febrero, de modificación parcial de la Ley 2/1999.
— El Servicio de Red Viaria de la Diputación Provincial de Cáceres, emite informe con fecha
9 de marzo de 2020, en el que se informa, que la ISF no afecta a ninguna carretera de la
que sea titular esta Diputación.
— La Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio emite informe urbanístico
con fecha de 13 de enero de 2021, que ha sido tenido en cuenta en el apartado H, relativo
a la calificación rústica.
C) Resumen del análisis técnico del expediente.
El promotor remite la solicitud de inicio de evaluación de impacto ambiental y el resto de
documentación.
Desde la DGS, una vez completado formalmente el expediente de impacto ambiental, se inicia el análisis técnico del mismo conforme al artículo 70 de la Ley 16/2015 de 23 de abril, de
protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
En el análisis se determina que el promotor ha tenido debidamente en cuenta los informes y
alegaciones recibidas, incorporando al EsIA cada una de las medidas propuestas en los informes y alegaciones que figuran en el apartado B. Así como, manifiesta su conformidad y se
compromete a implantar cada una de las medidas propuestas.
Revisado el documento técnico del proyecto, la nueva versión del EsIA y los informes emitidos
para el proyecto ISF “Talayuela II”, con toda la información hasta aquí recabada se elabora la
declaración de impacto ambiental.
C.1 Análisis ambiental para la selección de alternativas.
El promotor ha estudiado, además de la alternativa 0, tres alternativas de ubicación para el
proyecto, así como, cuatro alternativas (incluida la 0) para el trazado de la línea de evacuación, que se describen y analizan a continuación, justificando la alternativa propuesta en base
a diversos criterios, entre los que está el ambiental.
1. Alternativas de ubicación:
1.1. Alternativa 0.
Esta alternativa consiste en la no realización del proyecto, no cubriendo el objetivo de mejorar
la disponibilidad eléctrica procedente de fuentes alternativas, así como, el objetivo de creación de empleo asociado tanto a la fase de obra como a la fase de funcionamiento de la ISF.
Jueves, 25 de marzo de 2021
15934
• Todas las actividades aquí contempladas se ajustarán a lo establecido al respecto en el
Título III de la Ley 2/99 de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, en el Decreto
93/97 Regulador de la Actividad Arqueológica en Extremadura, así como a la Ley 3/2011,
de 17 de febrero, de modificación parcial de la Ley 2/1999.
— El Servicio de Red Viaria de la Diputación Provincial de Cáceres, emite informe con fecha
9 de marzo de 2020, en el que se informa, que la ISF no afecta a ninguna carretera de la
que sea titular esta Diputación.
— La Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio emite informe urbanístico
con fecha de 13 de enero de 2021, que ha sido tenido en cuenta en el apartado H, relativo
a la calificación rústica.
C) Resumen del análisis técnico del expediente.
El promotor remite la solicitud de inicio de evaluación de impacto ambiental y el resto de
documentación.
Desde la DGS, una vez completado formalmente el expediente de impacto ambiental, se inicia el análisis técnico del mismo conforme al artículo 70 de la Ley 16/2015 de 23 de abril, de
protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
En el análisis se determina que el promotor ha tenido debidamente en cuenta los informes y
alegaciones recibidas, incorporando al EsIA cada una de las medidas propuestas en los informes y alegaciones que figuran en el apartado B. Así como, manifiesta su conformidad y se
compromete a implantar cada una de las medidas propuestas.
Revisado el documento técnico del proyecto, la nueva versión del EsIA y los informes emitidos
para el proyecto ISF “Talayuela II”, con toda la información hasta aquí recabada se elabora la
declaración de impacto ambiental.
C.1 Análisis ambiental para la selección de alternativas.
El promotor ha estudiado, además de la alternativa 0, tres alternativas de ubicación para el
proyecto, así como, cuatro alternativas (incluida la 0) para el trazado de la línea de evacuación, que se describen y analizan a continuación, justificando la alternativa propuesta en base
a diversos criterios, entre los que está el ambiental.
1. Alternativas de ubicación:
1.1. Alternativa 0.
Esta alternativa consiste en la no realización del proyecto, no cubriendo el objetivo de mejorar
la disponibilidad eléctrica procedente de fuentes alternativas, así como, el objetivo de creación de empleo asociado tanto a la fase de obra como a la fase de funcionamiento de la ISF.