Autoridades Y Personal. Oposiciones Y Concursos. Servicio Extremeño De Salud. Concurso De Traslados.- (2021060802)
Resolución de 12 de marzo de 2021, de la Dirección Gerencia, por la que se convoca concurso de traslado para la provisión de plazas básicas vacantes en categorías de Médico/a de Urgencia Hospitalaria y Médico/a de Admisión y Documentación Clínica en las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud.
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NÚMERO 57
Jueves, 25 de marzo de 2021
15776
Formación Continuada del Sistema Nacional de Salud, u organizaciones sindicales dentro de los Planes de Formación con las Administraciones Públicas,
y siempre que se acrediten las horas de docencia: 0,05 puntos por cada hora
impartida.
ElSólo se valorará por una sola vez, una única edición de actividades docentes
relativas a una misma materia o programa.
4.2. Por cada curso académico desempeñando plaza de catedrático, profesor universitario, titular o asociado: 0,20 puntos.
4.3. Por cada año completo (doce meses) como tutor docente de residentes: 0,20
puntos.
4.4. Por cada año completo (doce meses) como colaborador docente de formación
sanitaria especializada: 0,10 puntos.
4.5. Por cada año académico como colaborador honorífico universitario: 0,05 puntos.
5. Actividades de Formación Continua y Ocupacional: puntuación máxima 5 puntos.
a) Por diplomas o certificados obtenidos en actividades directamente relacionados
con el contenido de la plaza a proveer, con independencia del promotor, y acreditados por la Comisión de Formación Continuada del Sistema Nacional de Salud.
b) Por diplomas o certificados obtenidos en cursos cuyo contenido esté directamente
relacionado con el de la plaza a proveer, tal y como a continuación se indican:
1. Los organizados y/o impartidos por las Administraciones Públicas, Colegios
Profesionales o Universidades.
2. Los acogidos a los distintos Acuerdos de Formación Continua en las Administraciones Públicas y de Formación Ocupacional.
3. Los organizados o impartidos por las organizaciones sindicales o sus fundaciones al amparo de los Convenios suscritos con la Administración General
de Estado, con las Administraciones de las Comunidades Autónomas, con el
extinto INSALUD o con los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas, o bien que hayan sido reconocidos o subvencionados por los mismos,
siempre que dichas circunstancias consten en el propio título o diplomas, o
bien se certifiquen debidamente.
Jueves, 25 de marzo de 2021
15776
Formación Continuada del Sistema Nacional de Salud, u organizaciones sindicales dentro de los Planes de Formación con las Administraciones Públicas,
y siempre que se acrediten las horas de docencia: 0,05 puntos por cada hora
impartida.
ElSólo se valorará por una sola vez, una única edición de actividades docentes
relativas a una misma materia o programa.
4.2. Por cada curso académico desempeñando plaza de catedrático, profesor universitario, titular o asociado: 0,20 puntos.
4.3. Por cada año completo (doce meses) como tutor docente de residentes: 0,20
puntos.
4.4. Por cada año completo (doce meses) como colaborador docente de formación
sanitaria especializada: 0,10 puntos.
4.5. Por cada año académico como colaborador honorífico universitario: 0,05 puntos.
5. Actividades de Formación Continua y Ocupacional: puntuación máxima 5 puntos.
a) Por diplomas o certificados obtenidos en actividades directamente relacionados
con el contenido de la plaza a proveer, con independencia del promotor, y acreditados por la Comisión de Formación Continuada del Sistema Nacional de Salud.
b) Por diplomas o certificados obtenidos en cursos cuyo contenido esté directamente
relacionado con el de la plaza a proveer, tal y como a continuación se indican:
1. Los organizados y/o impartidos por las Administraciones Públicas, Colegios
Profesionales o Universidades.
2. Los acogidos a los distintos Acuerdos de Formación Continua en las Administraciones Públicas y de Formación Ocupacional.
3. Los organizados o impartidos por las organizaciones sindicales o sus fundaciones al amparo de los Convenios suscritos con la Administración General
de Estado, con las Administraciones de las Comunidades Autónomas, con el
extinto INSALUD o con los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas, o bien que hayan sido reconocidos o subvencionados por los mismos,
siempre que dichas circunstancias consten en el propio título o diplomas, o
bien se certifiquen debidamente.