Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (Suplemento DOE). (2021060806)
Resolución de 18 de febrero de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se revisa y modifica la autorización ambiental integrada de explotación porcina en régimen intensivo, titularidad de Explotaciones Porcinas El Berrocal, SL, en el término municipal de Mérida, provincia de Badajoz.
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NÚMERO 56
Miércoles, 24 de marzo de 2021
15610
RESOLUCIÓN de 18 de febrero de 2021, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se revisa y modifica la autorización ambiental
integrada de explotación porcina en régimen intensivo, titularidad de
Explotaciones Porcinas El Berrocal, SL, en el término municipal de Mérida,
provincia de Badajoz. (2021060806)
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Mediante resolución de 11 de enero de 2011, la extinta Dirección General de Evaluación y Calidad Ambiental otorgó AAI a Explotaciones Porcinas El Berrocal, SL, para explotación porcina, en el término municipal de Mérida con expediente n.º AAI 10/9.3.d/3.
Segundo. Con fecha 15 de febrero del año 2017, se aprueba la Decisión de Ejecución
2017/302/ de la Comisión, (publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea el 21-2-2017),
por la que se establecen las conclusiones sobre las mejores tecnologías disponibles (MTD) en
el marco de la Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo respecto a la cría
intensiva de aves de corral o de cerdos.
Tercero. Con fecha 17 de julio de 2018 se remitió al promotor el acuerdo de inicio, por parte
de la anterior Dirección General de Medio Ambiente, del procedimiento de revisión atendiendo
al cumplimiento del artículo 26.1. del Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre,
y de conformidad con el procedimiento de revisión de la AAI regulado por el artículo 16 del
Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de emisiones
industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio.
Cuarto. Con fecha 17 de julio de 2018 se remitió escrito a la Confederación Hidrográfica del
Guadiana y al Ayuntamiento de Mérida, en cumplimiento del artículo 26.1. del Real Decreto
Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, y de conformidad con el procedimiento de revisión de
la AAI regulado por el artículo 16 del Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se
aprueba el Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de
julio, esta Dirección General de Medio Ambiente, para que indique qué documentación estima
necesario revisar; en relación con las diferentes materias ambientales de su competencia que
afecten a la actividad de referencia.
Quinto. Con fecha 24 de agosto de 2020 el promotor remite la documentación técnica
justificativa para la adaptación de la explotación a las mejores técnicas disponibles y para la
modificación no sustancial del expediente.
Sexto. Para dar cumplimiento a los artículos 16.4 y 15.5 del Reglamento de emisiones
industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados
Miércoles, 24 de marzo de 2021
15610
RESOLUCIÓN de 18 de febrero de 2021, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se revisa y modifica la autorización ambiental
integrada de explotación porcina en régimen intensivo, titularidad de
Explotaciones Porcinas El Berrocal, SL, en el término municipal de Mérida,
provincia de Badajoz. (2021060806)
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Mediante resolución de 11 de enero de 2011, la extinta Dirección General de Evaluación y Calidad Ambiental otorgó AAI a Explotaciones Porcinas El Berrocal, SL, para explotación porcina, en el término municipal de Mérida con expediente n.º AAI 10/9.3.d/3.
Segundo. Con fecha 15 de febrero del año 2017, se aprueba la Decisión de Ejecución
2017/302/ de la Comisión, (publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea el 21-2-2017),
por la que se establecen las conclusiones sobre las mejores tecnologías disponibles (MTD) en
el marco de la Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo respecto a la cría
intensiva de aves de corral o de cerdos.
Tercero. Con fecha 17 de julio de 2018 se remitió al promotor el acuerdo de inicio, por parte
de la anterior Dirección General de Medio Ambiente, del procedimiento de revisión atendiendo
al cumplimiento del artículo 26.1. del Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre,
y de conformidad con el procedimiento de revisión de la AAI regulado por el artículo 16 del
Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de emisiones
industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio.
Cuarto. Con fecha 17 de julio de 2018 se remitió escrito a la Confederación Hidrográfica del
Guadiana y al Ayuntamiento de Mérida, en cumplimiento del artículo 26.1. del Real Decreto
Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, y de conformidad con el procedimiento de revisión de
la AAI regulado por el artículo 16 del Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se
aprueba el Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de
julio, esta Dirección General de Medio Ambiente, para que indique qué documentación estima
necesario revisar; en relación con las diferentes materias ambientales de su competencia que
afecten a la actividad de referencia.
Quinto. Con fecha 24 de agosto de 2020 el promotor remite la documentación técnica
justificativa para la adaptación de la explotación a las mejores técnicas disponibles y para la
modificación no sustancial del expediente.
Sexto. Para dar cumplimiento a los artículos 16.4 y 15.5 del Reglamento de emisiones
industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados