Servicio Extremeño De Salud. Concurso De Traslados. (Suplemento DOE). (2021060803)
Resolución de 12 de marzo de 2021, de la Dirección Gerencia, por la que se convoca concurso de traslado para la provisión de plazas básicas vacantes en Categorías de Médico/a de Urgencia Hospitalaria y Médico/a de Admisión y Documentación Clínica en las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud.
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NÚMERO 56
Miércoles, 24 de marzo de 2021

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fundamental, las funciones de médicos de urgencia hospitalaria o médicos de admisión
y documentación clínica, con independencia de la denominación de las mismas y
siempre que resulten suficientemente acreditados: 0,15 puntos.
3. Permanencia en la plaza.
Por cada mes completo de permanencia, como personal estatutario fijo, en la última plaza
obtenida con carácter definitivo en la categoría desde la que se concursa, se otorgará 0,04
puntos.
Para el personal estatutario que haya estado o esté en situación que conlleve derecho a
reserva de plaza, se entenderá que durante el tiempo de permanencia en dicha situación
estuvo o está, respectivamente, desempeñando una plaza equivalente a la reservada.
Al personal que opte por integrarse al concursar en el régimen estatutario de conformidad
con los decretos de integración anteriormente mencionados, así como el personal que haya
resultado integrado en el régimen estatutario, se le computará la permanencia como prestada
en la categoría estatutaria en la que haya resultado integrado o en la que resulte integrarse.
4. Docencia: puntuación máxima 2 puntos.
4.1. Por la participación como docente en acciones formativas relacionadas con la categoría
a la que se opta organizadas o impartidas por las Administraciones Públicas, o en
acciones formativas que estén acreditadas por la Comisión de Formación Continuada
del Sistema Nacional de Salud, u organizaciones sindicales dentro de los Planes de
Formación con las Administraciones Públicas, y siempre que se acrediten las horas de
docencia: 0,05 puntos por cada hora impartida.


Sólo se valorará por una sola vez, una única edición de actividades docentes relativas
a una misma materia o programa.

4.2. Por cada curso académico desempeñando plaza de catedrático, profesor universitario,
titular o asociado: 0,20 puntos.
4.3. Por cada año completo (doce meses) como tutor docente de residentes: 0,20 puntos.
4.4. Por cada año completo (doce meses) como colaborador docente de formación sanitaria
especializada: 0,10 puntos.
4.5. Por cada año académico como colaborador honorífico universitario: 0,05 puntos.