Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Información Pública. (Suplemento DOE). (2021080298)
Anuncio de 4 de marzo de 2021 por la que se hace pública la Memoria Ambiental del Plan General Municipal de Fuente del Maestre, en la forma prevista en el Decreto 54/2011, de 29 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Evaluación Ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 56
Miércoles, 24 de marzo de 2021

15722

— 
El depósito debe ser vaciado por un gestor de residuos debidamente
autorizado, con la periodicidad adecuada para evitar el riesgo de
rebosamiento del mismo. A tal efecto, debe tener a disposición de los
Organismos encargados por velar por la protección del medio ambiente,
a petición del personal acreditado por los mismos, la documentación
que acredite la recogida y destino adecuados de las aguas residuales
acumuladas en dicho depósito; y, asimismo, deberá comunicar a dichos
organismos cualquier incidencia que pueda ocurrir.


2. E
 xistencia o inexistencia de recursos suficientes para satisfacer las nuevas demandas
hídricas

En cualquier horizonte temporal, el consumo hídrico total del municipio, es decir, los
volúmenes actuales más los incrementos de volumen que se deriven del desarrollo
de los nuevos sectores planificados, no supera el volumen asignado al municipio de
Fuente del Maestre por el Plan Hidrológico de la parte española de la Demarcación
Hidrográfica del Guadiana, que asciende a 971.000 m3/año hasta el horizonte 2021.
Por tanto, existirían recursos suficientes para el desarrollo de los nuevos sectores
contemplados en el Plan. Para la disponibilidad de estos recursos será preciso obtener
la correspondiente concesión de aguas públicas para abastecimiento de la población
de Fuente del Maestre, que en este caso se tramita a favor de la Mancomunidad de
los Molinos.


3. Conclusión: Por todo lo expuesto anteriormente, se informa favorablemente el PGM
de Fuente del Maestre (Badajoz), con las siguientes condiciones:



— Dar cumplimiento a las limitaciones a los usos, en los sectores y zonas afectadas
por la ZFP y zona inundable, indicadas en el presente informe.

— 
Obtener la correspondiente concesión de aguas públicas para abastecimiento
poblacional que se encuentra en trámite. No podrán acometerse nuevos desarrollos
urbanísticos en este municipio, en tanto en cuanto no se disponga de la misma.
— Solicitar la revisión de la autorización de vertido que ampare, el volumen que
resulta del desarrollo de los nuevos sectores planificados.
• Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas.
La actividad no se encuentra incluida en la Red Natura 2000 aunque parte del término
municipal se encuentra colindante con la ZEPA “Llanos y Complejo Lagunar de la Albuera”.
Los valores ambientales en la zona están identificados en el presente informe.
N
 o es probable que el Plan presentado tenga repercusiones significativas sobre lugares