Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental.- (2021060760)
Resolución de 8 de marzo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de aprovechamiento del recurso de la Sección A) denominado "Ampliación de Vegas de Botoa" n.º 06A00979-00, a ejecutar en el término municipal de Badajoz. Expte.: IA18/1204.
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NÚMERO 54
Lunes, 22 de marzo de 2021

15000

A continuación, se resumen los aspectos ambientales más significativos contenidos en los
informes recibidos.
• La Confederación Hidrográfica del Guadiana remite, con fecha de entrada en el Registro
Único de la Junta de Extremadura de 9 de octubre de 2018, un informe en el que se recogen
las siguientes indicaciones:
- La explotación afecta a la Zona de Policía del río Gévora y arroyo de la Legua y media,
debiendo quedar por lo tanto sujeto a lo señalado en el Reglamento del Dominio Público
Hidráulico (Real Decreto Legislativo 1/2001). La explotación deberá obtener, previamente al inicio de los trabajos, la autorización del Organismo de cuenca para las actividades
en zona de policía, habiendo recibido en el pasado autorización para la extracción de
áridos en Zona de Policía, autorización de la que actualmente ha finalizado su vigencia.
- Se encuentra dentro de la Zona Regable de Montijo, debiéndose respetar todas las infraestructuras de regadío así como sus zonas expropiadas.
- Afecta a la Masa de Agua Superficial 14.010 “Río Gévora III”.
- En cuanto a las afecciones a las aguas subterráneas, la documentación aportada incluye
un estudio hidrogeológico, junto a este estudio el informe valora los datos disponibles
en esa administración, por lo que señala que la excavación no deben superar la cota 176
m.s.n.m en la parcela 81 y la cota 175.5 m.s.n.m en la parcela 69, debiéndose recalcular
el volumen de la extracción planteado inicialmente.
- La explotación no contempla consumo de aguas ni vertidos al DPH.
- Se corresponde con un Área de Riesgo Potencial Significativo de Inundación (con el código ES040 EXT017), estando la totalidad de su superficie en terreno cubierto por las
aguas durante las avenidas extraordinarias T100 y T500, ubicándose una parte en Zona
de Flujo Preferente.
- Se deberá proceder al relleno, con materiales de características similares al extraído, de
las zonas ya extraídas por debajo de las cotas indicadas.
- Será necesario realizar un piezómetro de control en la parcela 81 del polígono 769 del
término municipal de Badajoz, y garantizar que se encuentre en buen estado y perfectamente accesible en todo momento durante la vida de la explotación (incluyendo una
autorización del titular de los terrenos que autorice a la toma de medidas), para que el
personal técnico designado por la Confederación pueda realizar los controles piezométricos que estime necesarios.