Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental.- (2021060735)
Resolución de 8 de marzo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental integrada y se da publicidad a la declaración de impacto ambiental del proyecto de explotación porcina en régimen intensivo, titularidad de Benito Amado Pérez, en el término municipal de La Zarza, provincia de Badajoz.
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NÚMERO 53
Jueves, 18 de marzo de 2021
14679
mención a aquéllas que caigan sobre el techo de las naves. A tales efectos, se considerarán
aguas pluviales no contaminadas las que no entren en contacto con los animales o con sus
deyecciones.
5. E
n la fábrica de piensos se realizará limpieza en seco antes de realizar la misma con agua
a presión, con el fin de disminuir el consumo de agua.
6. L
os vestuarios del personal de la explotación se ubicarán antes de la zona de producción,
con una separación clara entre la zona sucia y la zona limpia. Deberán contar con medios
suficientes para el lavado de las manos, así como váter, ducha o equivalente. Deberá disponer de un sistema de saneamiento independiente, para las aguas generadas en los mismos,
que terminará en una fosa estanca e impermeable, con capacidad suficiente. A los efectos
de proteger adecuadamente la calidad de las aguas que conforman el Dominio Público
Hidráulico (DPH), habrá de observarse el cumplimiento de las siguientes prescripciones:
— El depósito para almacenamiento de aguas residuales se ubicará a más de 100 metros
del DPH.
— Se deberá garantizar la completa estanqueidad del referido depósito mediante el correspondiente certificado suscrito por técnico competente y visado por el colegio profesional
correspondiente.
— En la parte superior del depósito se instalará una tubería de ventilación al objeto de
facilitar la salida de gases procedentes de la fermentación anaerobia.
El depósito deberá ser vaciado por un gestor de residuos debidamente autorizado para la
gestión del residuo no peligroso de código LER 20 03 04; con la periodicidad adecuada para
evitar el riesgo de rebosamiento del mismo. A tal efecto, se deberá tener a disposición de los
organismos encargados de velar por la protección del Medio Ambiente, a petición del personal
acreditado por los mismos, la documentación que acredite la recogida y destino adecuados
de las aguas residuales acumuladas en dicho depósito; y, asimismo, se deberá comunicar a
dichos organismos cualquier incidencia que pueda ocurrir.
7. E
l titular de la instalación deberá garantizar que se minimiza el uso del agua, mantendrá
un registro del uso del agua por ejemplo mediante la instalación de un caudalímetro y detectará y reparará las fugas.
- e - Medidas de protección y control de la contaminación acústica.
1. Las principales fuentes de emisión de ruidos del complejo industrial se indican en la siguiente tabla. En la misma, también se muestran los niveles de emisión de ruidos previstos.
Jueves, 18 de marzo de 2021
14679
mención a aquéllas que caigan sobre el techo de las naves. A tales efectos, se considerarán
aguas pluviales no contaminadas las que no entren en contacto con los animales o con sus
deyecciones.
5. E
n la fábrica de piensos se realizará limpieza en seco antes de realizar la misma con agua
a presión, con el fin de disminuir el consumo de agua.
6. L
os vestuarios del personal de la explotación se ubicarán antes de la zona de producción,
con una separación clara entre la zona sucia y la zona limpia. Deberán contar con medios
suficientes para el lavado de las manos, así como váter, ducha o equivalente. Deberá disponer de un sistema de saneamiento independiente, para las aguas generadas en los mismos,
que terminará en una fosa estanca e impermeable, con capacidad suficiente. A los efectos
de proteger adecuadamente la calidad de las aguas que conforman el Dominio Público
Hidráulico (DPH), habrá de observarse el cumplimiento de las siguientes prescripciones:
— El depósito para almacenamiento de aguas residuales se ubicará a más de 100 metros
del DPH.
— Se deberá garantizar la completa estanqueidad del referido depósito mediante el correspondiente certificado suscrito por técnico competente y visado por el colegio profesional
correspondiente.
— En la parte superior del depósito se instalará una tubería de ventilación al objeto de
facilitar la salida de gases procedentes de la fermentación anaerobia.
El depósito deberá ser vaciado por un gestor de residuos debidamente autorizado para la
gestión del residuo no peligroso de código LER 20 03 04; con la periodicidad adecuada para
evitar el riesgo de rebosamiento del mismo. A tal efecto, se deberá tener a disposición de los
organismos encargados de velar por la protección del Medio Ambiente, a petición del personal
acreditado por los mismos, la documentación que acredite la recogida y destino adecuados
de las aguas residuales acumuladas en dicho depósito; y, asimismo, se deberá comunicar a
dichos organismos cualquier incidencia que pueda ocurrir.
7. E
l titular de la instalación deberá garantizar que se minimiza el uso del agua, mantendrá
un registro del uso del agua por ejemplo mediante la instalación de un caudalímetro y detectará y reparará las fugas.
- e - Medidas de protección y control de la contaminación acústica.
1. Las principales fuentes de emisión de ruidos del complejo industrial se indican en la siguiente tabla. En la misma, también se muestran los niveles de emisión de ruidos previstos.