Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental.- (2021060735)
Resolución de 8 de marzo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental integrada y se da publicidad a la declaración de impacto ambiental del proyecto de explotación porcina en régimen intensivo, titularidad de Benito Amado Pérez, en el término municipal de La Zarza, provincia de Badajoz.
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NÚMERO 53

14678

Jueves, 18 de marzo de 2021

CONTAMINANTE

ORIGEN
Volatilización en el estabulamiento

CH4

Almacenamientos exteriores de estiércoles

Dado el marcado carácter difuso de las emisiones de estos contaminantes y, por tanto, la
enorme dificultad existente en el control de las emisiones mediante valores límite de emisión,
deberán ser sustituidas por la aplicación de las mejores técnicas disponibles.
6. A
 fin de disminuir las emisiones a la atmósfera durante el periodo de estabulamiento y sin
perjuicio del cumplimiento del Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las
normas mínimas para la protección de cerdos, deberán tomarse las siguientes medidas de
diseño de los alojamientos del ganado:
• El alojamiento de los cerdos de cebo, en transición o en finalización se llevará a cabo
sobre suelo continuo con pendiente hacia la rejilla de recogida de deyecciones o sobre
suelo parcialmente enrejillado sobre foso comunicado con el almacenamiento externo de
purines.
• Las rejillas de drenaje se construirán mediante materiales lisos y no porosos (plásticos,
materiales metálicos, hormigones tratados) que favorezcan la retirada de las deyecciones.
- d - Emisiones contaminantes al suelo y a las aguas subterráneas.
1. E
 l ganado porcino, explotado en régimen intensivo, permanecerá en las naves de secuestro
y corrales de manejo, no pudiendo en ningún momento permanecer fuera de estos.
2. N
 o se permitirá la construcción o formación de balsas o fosas para la recogida de aguas de
limpieza, deyecciones o cualquier otra agua residual procedentes de las naves de secuestro, y corrales de manejo, distintas de las descritas en el apartado a.2).
3. Q
 uincenalmente se procederá a la retirada de deyecciones y limpieza de suelos, así como
de los comederos y bebederos. No obstante, al final de cada ciclo se realizarán vaciados
sanitarios de todas las instalaciones que albergan los animales.
4. E
 l titular de la instalación deberá favorecer que las aguas pluviales no contaminadas se
evacuen de forma natural, hasta la parte exterior de las instalaciones, haciéndose especial