Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental.- (2021060718)
Resolución de 8 de marzo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración ambiental estratégica de la modificación n.º 2 del Plan Territorial de La Vera.
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NÚMERO 52
MIércoles, 17 de marzo de 2021



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— Los Planes Territoriales obligan a las diferentes Administraciones Públicas y a los
sujetos privados y vinculan a los planes urbanísticos. Cuando éstos resulten afectados por aquellos, deberán adaptarse a los mismos en los plazos por ellos fijados al
efecto.

— En orden al respeto del marco competencial legalmente atribuido a las entidades
locales y demás administraciones, las normas que remitan a la adaptación del planeamiento urbanístico, planes sectoriales vigentes y otros planes, programas y proyectos, no tendrán aplicación hasta la adaptación de dicho planeamiento, planes,
programas y proyectos. Estas normas deberán fijar, a tal efecto, el o los plazos en
los que la adaptación deba tener lugar.


— Serán de aplicación inmediata aquellas determinaciones que los propios Planes Territoriales señalen. Su entrada en vigor no precisa de la adaptación del planeamiento,
planes, programas y proyectos.

2. L
 as determinaciones del Plan Territorial de La Vera, se aplican con el siguiente grado,
según se indique expresamente en el presente Plan:


— Las determinaciones de aplicación directa (NAD) son de aplicación inmediata y plena después de la aprobación del Plan Territorial, y son de obligado cumplimiento
para las Administraciones públicas y los sujetos de derecho privado, en los términos
prescritos por la legislación general del Estado y la de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, en cualesquiera actos que impliquen o tengan por consecuencia cualquier transformación o utilización del suelo (así como del vuelo y el subsuelo). En la
tramitación de los proyectos o actuaciones que se pretendan realizar en los ámbitos
señalados en el plano de “Medidas Correctoras” del Anexo 2. Normativa Ambiental
de aplicación de la Memoria de Ordenación, deberán obtener informe del organismo
autonómico competente en materia de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas.



— Las determinaciones que tengan el grado de Directrices (D) serán de aplicación en
cuanto a sus fines, y requieren la adaptación al Plan Territorial por parte del planeamiento de ordenación urbanística, programas, proyectos vigentes y otros planes; correspondiendo a las administraciones públicas competentes en cada caso establecer
y aplicar las medidas concretas para su correcta adaptación.



— Las determinaciones con grado de Recomendaciones (R) tendrán carácter de recomendaciones dirigidas a las Administraciones Públicas, que podrán apartarse de ellas
justificando la compatibilidad de su decisión con los principios y objetivos del Plan
Territorial.